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Todas las entidades ofrecen tarifas de rentabilidad y condiciones diferentes. Estas son algunas características de los fondos más reconocidos del país.
Las cesantías son ese ahorro clave para muchos trabajadores. Varios las guardan durante toda su vida y otros las utilizan cuando se quedan sin trabajo, para poder subsistir mientras encuentran uno nuevo.
(Vea también: Documentos que debe alistar para retiro de cesantías; son obligatorios y varían según caso)
Y es que es común que muchos no tengan clara la diferencia entre el ahorro pensional y el de cesantías, que se pueden acumular en entidades diferentes, pues para los dos casos las ventajas pueden variar dependiendo de las condiciones que se pacten.
Las ventajas de cada entidad varían dependiendo de las necesidades de cada trabajador. Y es que la plataforma Rankia hizo un comparativo entre varios fondos y sus comportamientos en años anteriores y estos fueron los resultados:
Rentabilidad neta a largo plazo en los últimos 3 años
Rentabilidad neta a corto plazo en los últimos 3 años
De igual forma, también es clave pensar en cuál es la destinación que se le quiere dar a este dinero, pues cuando el objetivo es comprar vivienda una de las entidades claves puede ser el Fondo Nacional del Ahorro, que además de ofrecer rentabilidad, también aprueba créditos hipotecarios con financiación de hasta el 90 %.
Cada entidad ofrece su proceso particular, por lo cual es importante contactarse con la entidad a la que quiere trasladar el dinero. Entonces, seleccione cuál es el fondo que considera más conveniente de todos los disponibles, luego contacte a un asesor de esta entidad y haga el proceso en línea o en sucursal física, según corresponda.
Esta es una inversión que muchos trabajadores tienen sin darse cuenta, pues anualmente este dinero produce una rentabilidad, la cual es pactada con el afiliado.
Al ser ahorros totalmente diferentes, uno no afecta al otro, por lo que cuando una persona se pensiona no está en la obligación de seguir cotizando cesantías, pero sí puede seguir aportando voluntariamente a la entidad en la que las tiene.
Además, el pensionado puede dejar el ahorro allí o pedir el retiro del mismo con la terminación de su contrato laboral, como lo haría un cesante.
Este es un ahorro que corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo. Este se liquida anualmente al 31 de diciembre y se consignan antes del 15 de febrero del año siguiente, como lo determina la Ley 50 de 1990.
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