Dicen cómo se pagan domingos (y festivos) laborales en diciembre: trabajadores celebrarán

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-12-06 20:30:49

Diciembre se caracteriza por tener una serie importante de dominicales y días festivos que pueden ser laborales para los colombianos, pero deben pagarse.

Miles de trabajadores deben cumplir con sus funciones normales durante diciembre, razón por la cual tendrán que laborar domingos o festivos incluidos.

Para ellos es crucial saber cómo les pagarán en caso de que les corresponda trabajar en su horario regular.

(Vea tambiénResuelven duda de muchos trabajadores sobre prima de Navidad: ¿menos de 6 meses?).

La duda principal nace de días como el 8 de diciembre, ya que este es domingo y también es festivo por la Inmaculada Concepción.

Para las personas que deban trabajar ese día, el pago será como el de cualquier otro domingo o festivo. Sin embargo, cabe destacar que no se acumulan como si fueran dos días diferentes.

Cabe destacar que esos días se pagan con el equivalente a un recargo del 75 % sobre el salario ordinario.

“El trabajo en domingo y festivos se remunera con un recargo del setenta y cinco por ciento (75 %) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas”, reza el Código del Trabajo.

Cómo funciona el trabajo dominical en Colombia

En Colombia, el trabajo dominical y festivo está regulado por el Código Sustantivo del Trabajo (artículo 179 y siguientes). Este tipo de labor se remunera con un recargo especial del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria, además del pago normal de la jornada.

El recargo aplica tanto para quienes trabajan de manera ocasional en domingo o festivo como para aquellos con turnos regulares en esos días.

Qué es el trabajo dominical ocasional y cómo funciona en Colombia

Para que el trabajo dominical sea ocasional, no debe realizarse más de dos domingos al mes. Si se supera esta frecuencia, se considera habitual y podría implicar beneficios adicionales como estabilidad en el pago del recargo.

El objetivo de estas normas es compensar el sacrificio del tiempo de descanso del trabajador, garantizando una remuneración justa.

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