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La cesión de derechos en contratos de arrendamiento tiene una estricta normativa que no puede ser burlada por arrendatario o arrendador.
Cada vez es mayor el número de personas que viven bajo arriendo en Colombia, por lo que resulta fundamental conocer la normativa que reglamenta este tipo de contratos en el país para evitar cometer errores relativos a los derechos y deberes entre arrendatarios y arrendadores.
(Vea también: Buena noticia para colombianos que viven en arriendo: tendrían beneficio poco conocido)
Por lo anterior, se hace necesario desmentir o, por lo menos, hacer ciertas aclaraciones alrededor de un tema muy común cuando se habla de arriendos. Se trata de las cesiones de derechos y los mecanismos con los que cuenta, tanto el arrendatario como el arrendador, para hacer cambios en este tema.
Y es que la cesión de derechos se trata del trámite a través del cual el propietario de una vivienda, local o demás, transfiere su contrato a otra persona para que esta pueda cobrar o recibir los beneficios y obligaciones del bien arrendado a cambio de quien lo cedió.
Así mismo, para el caso de los arrendadores, una cesión de derechos en un contrato de arrendamiento consistiría en aquella práctica en la que, quien vive en arriendo, le cede la responsabilidad de pago y de obligaciones a otra persona externa al acuerdo inicial, bien sea a alguien de la familia o a un tercero que empiece a disfrutar del bien, un trámite muy común en Colombia.
Frente a esto la ley tiene mucha cautela, puesto que explica quiénes pueden hacer este trámite sin problema alguno y, por el contrario, quienes deben hacerlo solo después de haber solicitado un permiso.
Así las cosas, acorde con la norma, y según información citada por Asuntos Legales, si el arrendatario, o quien hace uso del inmueble en arriendo, desea que otra persona ocupe su lugar por una u otra razón, debe pedir una autorización expresa del arrendador, o de lo contrario estaría infringiendo la ley.
Por otro lado, los arrendatarios que posean una propiedad pero que, por alguna rezón deben ceder sus derechos sobre el contrato a otra persona, estos podrán hacerlo sin consentimiento expreso siempre y cuando las condiciones del contrato se mantengan iguales, es decir, se deba pagar el mismo dinero mensual y los plazos estimados continúen vigentes.
Eso sí, debe tenerse en cuenta que, aunque los arrendatarios pueden ceder sus derechos sin permiso previo alguno, sí están obligados a notificarlo a su arrendador con toda la información necesaria para evitar conflictos o malentendidos.
En desconocimiento de estas leyes, que suele ser muy común cuando algunas personas ceden el local o la vivienda para que otras personas respondan por ellas, puede conllevar a consecuencias legales acorde con la normativa vigente en Colombia, tales como la entrega del inmueble y la suspensión del contrato.
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