Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por juan.gonzalez   Ene 13, 2025 - 2:33 pm
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De acuerdo con información del Sistema de Inteligencia Turística de Medellín, actualmente en la ciudad hay 8.384 viviendas turísticas registradas con Registro Nacional de Turismo, de las cuales 5.822, es decir el 69 %, corresponden a apartamentos turísticos, el 9 % son casas, el 3 % son fincas o alojamientos rurales y el 19 % restante corresponden a “otro tipo de vivienda turística”.

Estas estadísticas, que tienen corte en octubre del 2024, significan una caída del 31 % en este tipo de alojamientos, si se compara con la estadística de diciembre del 2023, cuando en la ciudad había 12.200 viviendas turísticas con Registro Nacional de Turismo.

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Además, a pesar de que ha caído la oferta de viviendas turísticas o Airbnb’s, como se conocen popularmente, la ocupación de estos alojamientos todavía está lejos de la de otro tipo de hospedajes, como los hoteles. Según información de la secretaría de Turismo, la ocupación de las viviendas turísticas en noviembre pasado fue del 48,7 %, mientras que la de los hoteles llegó al 78,1 %.

Contrario a lo que se creería, esta caída no está relacionada con una disminución en los turistas que visitan en la ciudad. Por el contrario, a la espera de los datos de diciembre, 2024 seguramente marcará un hito en el turismo para la ciudad, pues durante los 11 meses restantes (enero a noviembre) a Medellín llegaron 1,1 millones de turistas (en todo el 2023 fueron 1,2 millones).

¿por qué hay menos Airbnb’s o viviendas turísticas en la ciudad?

De acuerdo con La Lonja, la agremiación que reúne a las inmobiliarias de la ciudad y el departamento, esta caída tiene que ver el desarrollo de varios proyectos especializados en vivienda turística (19, según la Alcaldía), lo que aumenta la oferta y también la vacancia en aquellos apartamentos de renta corta en urbanizaciones residenciales que suelen ser una oferta más informal e incluso contraria a las normas.

Además, dicen que el aumento del control y vigilancia, sumado a que ya hay más conocimiento sobre las normas, ha hecho que quienes ofrecían alojamientos de rentas cortas sin cumplir con los requisitos dejen de hacerlo.

De manera que lo que habría ocurrido es que aquellos que arrendaban sus viviendas de forma irregular, muchas veces porque ignoraban los requisitos que debían cumplir, han dejado de hacerlo, y el mercado se ha ido regulando de a poco con nuevos proyectos de infraestructura más robustos.

1. La vivienda debe contar al menos con los siguientes espacios: dormitorio, sala-comedor, cocina y baño.

2. La vivienda debe estar en una zona de media o alta mixtura de acuerdo con lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad. Es decir, que no puede estar ubicada en barrios o zonas predominantemente residenciales.

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3. Si están ubicadas en una propiedad horizontal (edificio o urbanización) el reglamento de esta debe permitir las rentas cortas de manera explícita. Dicho reglamento debe estar en escritura pública.

4. Si el reglamento no tiene esa autorización y desea incluirse, debe contar con el 70 % de los votos positivos de los copropietarios de la propiedad horizontal.

5. Los inmuebles que se vayan a rentar para turistas deben contar con Registro Nacional de Turismo, expedido por la Cámara de Comercio. Las aplicaciones como Airbnb exigen soporte de este registro a la hora de crear una cuenta como anfitrión.

6. Se deben registrar a todos los huéspedes con su identificación. Con los datos de los visitantes se debe diligenciar la tarjeta de registro de alojamiento que también se debe cargar al sistema del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Además, si los huéspedes son extranjeros, la información de estos también debe entregarse a Migración Colombia.

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