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A las casas de los más de dos millones de contribuyentes de Bogotá ha llegado por estos días la factura física del impuesto predial, una obligación que tienen los ciudadanos y con la cual se obtienen los recursos para financiar proyectos clave de la capital.
Al igual que en años anteriores, los ciudadanos contarán con el beneficio del 10 % de descuento si pagan en la fecha límite establecida por la Secretaría de Hacienda. Para este año, la fecha límite es el 25 de abril. Hasta este día, los contribuyentes podrán cancelar su obligación con una reducción del 10 % en el total del impuesto.
Si desea obtener este rédito, puede hacer el pago del impuesto en los canales dispuestos por Hacienda, tanto de manera física, como en la ventanilla virtual de la entidad. Sin este beneficio, la fecha límite será el 11 de julio de 2025.
Vale la pena resaltar que, quienes lo requieran, pueden acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), que permite diferir el pago de la obligación en cuatro cuotas iguales a lo largo del año, sin intereses. Para acceder a esta modalidad, el contribuyente debe realizar la declaración inicial desde la Oficina Virtual para acogerse a esta opción, hasta el 9 de mayo de 2025.
Asimismo, para la vigencia 2025, la Secretaría de Hacienda generó el 99 % de las facturas del impuesto predial y las envió en físico a los domicilios registrados. Esto quiere decir, que 2.795.035 de hogares recibieron su factura de manera física, sin ningún tipo de inconveniente, mientras que solo 22.301 predios no cuentan con este documento para cumplir con su obligación.
¿Cómo acceder a la factura virtual?
Las 22.000 personas que no recibieron su factura física, pueden ingresar al botón Pagos Bogotá, hacer clic en el enlace ‘Pago en línea predial 2025′ y descargar la factura. Una vez cuenten con el documento, pueden pagar su impuesto de forma presencial en las entidades financieras autorizada por la Secretaría de Hacienda o en línea. Si el predio tiene varios copropietarios, se recomienda realizar la consulta con el número de documento de cada uno.
Si no puede obtener la factura en línea, debe validar alguna de las siguientes situaciones:
- El predio es nuevo, sin CHIP y no tiene factura. Debe ingresar al sitio web de Hacienda y generar la declaración con este paso a paso. Si no puede hacerlo en línea, puede acudir a un punto de atención presencial.
- El predio tiene una exención parcial, presenta mejoras o tiene información incompleta. En esos casos, el contribuyente debe hacer la declaración a través de la Oficina Virtual. Si no puede hacerlo por este canal, puede acercarse a un punto presencial de la Secretaría.
- El predio fue adquirido mediante la modalidad de leasing, fideicomiso o administración de patrimonio autónomo. Puede descargar su factura en el sitio web ingresando el NIT de la entidad financiera o número de identificación del fideicomitente o beneficiario.




¿Cómo pagar el impuesto?
Quienes se encuentren registrados como propietarios de un inmueble localizado en el Distrito Capital, de los impuestos de Industria y Comercio, Delineación Urbana y Unificado de Fondo de Pobres, Azar y Espectáculos Públicos, pueden realizar el pago a través del botón de pago dispuesto por la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda. De igual forma, el proceso se puede realizar en los siguientes bancos autorizados:
- Bancolombia.
- BBVA.
- Banco de Bogotá.
- Banco Davivienda.
- Banco de Occidente.
- Banco AV Villas.
- Banco Cooperativo Coopcentral.
- Itaú.
- Banco Caja Social – BCSC.
- Scotiabank Colpatria.
- Bancoomeva.
- Bancamía.
- Banco Pichincha.
- Credifinanciera (ProCredit).
- GNB Sudameris.
- Banco Popular.
- Banco Santander de Negocios.
- Banco Serfinanza.
- Citibank (clientes corporativos).
Recuerde que en caso de seleccionar la opción “Otros medios de pago-crédito”, el pago solo se podrá realizar a través de los bancos en los que la SDH cuenta con un convenio, las cuales son:
- Bancolombia.
- Banco de Bogotá.
- Banco Davivienda.
- Banco AV Villas.
- BBVA Colombia.
- Banco de Occidente.
Pago presencial en bancos autorizados
El pago del impuesto predial también podrá realizarse de manera presencial sin que la persona que haga el pago tenga una cuenta abierta en estas entidades. Eso sí, recuerde que el pago se verá reflejado en la cuenta del contribuyente en aproximadamente dos días hábiles.
- Bancolombia.
- Banco de Bogotá.
- Banco Davivienda.
- Banco AV Villas.
- BBVA Colombia.
- Banco de Occidente.
Por otra parte no olvide que el contribuyente debe imprimir con una impresora laser el documento tributario (factura, declaración, cupón o recibo de pago) a pagar en la entidad bancaria.
Pago a través de los medios electrónicos bancarios
Para realizar el pago a través de medios electrónicos bancarios, puede utilizar los siguiente canales:
- Banco de Occidente: Cajeros de la Red Aval, la página web del banco (www.bancodeoccidente.com.co) y el número telefónico (601) 3902058
- Banco BBVA: A través de la página web del banco (www.bbva.com.co) y la app de BBVA
- Banco Davivienda: A través de la página web del banco (www.davivienda.com)
- Banco AV Villas: Cajeros de la Red Aval, la página web del banco (www.avvillas.com.co) y el número telefónico (601) 4441777
De igual forma, quienes lo deseen pueden realizar el pago del impuesto predial a través de las siguientes corresponsales bancarias autorizadas: Grupo Aval, cajas del Grupo Éxito, Banco BBVA y Paga Todo. No olvide que todos estos se rigen de acuerdo a las fechas del calendario tributario.
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