Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Nov 17, 2023 - 12:40 pm
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El Tribunal Superior de Bogotá acaba de confirmar la absolución de la dueña de Servientrega y Efecty, Luz Mary Guerrero. La reconocida empresaria estaba siendo procesada porque, según la Fiscalía, usó servicios ilegales de la firma de abogados panameña Mossack Fonseca. También fueron absueltos Sara Guativa, mano derecha en la compañía de Guerrero, y el representante legal de Mossack Fonseca en Colombia, Juan Arellano Rumazo.

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Durante la audiencia en la que se tomó esta decisión, el magistrado Jaime Velasco también confirmó lo dicho por el juez de primera instancia: la Fiscalía no investigó, no presentó pruebas claras y cometió muchos errores. “La labor de la Fiscalía no es la de acusar de cualquier manera, por lo anterior e independiente de las copias compulsadas por el juez, este Tribunal considera necesario remitir copia de esta decisión a la oficina del director Nacional del CTI, así como al despacho del fiscal general de la Nación para que tomen los correctivos de rigor y este tipo de anomalías no se vuelvan a presentar”, dijo el magistrado.

La teoría del caso de la Fiscalía apuntaba a que Guerrero, accionista y gerente de las reconocidas empresas, y Sara Guavita, subgerente de Servientrega, usaron los servicios irregulares de Mossack Fonseca en Colombia para enriquecerse ilegalmente con $ 3.5 millones de dólares. De este plan, dice la Fiscalía, también participó Arellano Rumazo, representante legal de la firma panameña en Colombia hasta 2015, y Jorge Humberto Sánchez Amado, el revisor fiscal. Estas personas fueron absueltas el pasado 30 de junio, pero la Fiscalía apeló la decisión, por lo que llego a manos del magistrado Velasco, quien no solo desvirtuó nuevamente la teoría del caso propuesta por el ente investigador, sino que criticó el trabajo de la Fiscalía.

“La Fiscalía no especificó, no determinó, cuál fue la participación de los procesados en cada uno de los delitos. Por ejemplo, respecto al fraude procesal, ni siquiera mencionó a qué funcionario se indujo en error, a través de cuáles maniobras o quién las ejecutó; lo mismo ocurrió con la administración desleal y la falsedad en documento privado, temas en los que no se ahondará por la prescripción que medió. En síntesis, la acusación fue gaseosa y abstracta”, dice la decisión.

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Pero el magistrado fue más allá: dijo que el recurso de apelación, no el escenario para suplir falencias e, incluso, exponer nuevos sustentos fácticos, como lo intentó la Fiscalía y confirmó la decisión.

La crítica de la Procuraduría y la defensa de Servientrega y Efecty

Como contó este diario, el procurador del caso, además de pedir la absolución de los acusados, hizo una fuerte crítica a la fiscal del caso durante las audiencias de alegatos de conclusión en mayo pasado. En su intervención señaló que la Fiscalía incurrió en varios errores en el juicio para presentar las pruebas y no demostró, por ejemplo, que los contratos firmados con las empresas extranjeras eran ficticios o que hubo un enriquecimiento ilegal por parte de Guerrero.

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También indicó que, aunque el delito de administración desleal ya prescribió de acuerdo con la ley, las pruebas del caso indican que todo dentro de la empresa se hizo en el marco de la ley y con la aprobación de los demás socios de las compañías, entre ellos, el denunciante y hermano de Luz Mary, Carlos Julio Guerrero.

“Posiblemente, al no pagar impuestos en Panamá, Costa Rica o Bahamas por las transferencias hechas a esos países, puede ser un delito en aquellas legislaciones. Pero allí las autoridades panameñas están investigando a Guerrero y a una de sus compañías por supuesto lavado de dinero, pero los investigadores de la Fiscalía que declararon en el juicio desconocen esa legislación fiscal y tributaria panameña por lo que sus informes pueden tener algún grado de error (…) No se conocen pruebas por parte de la Procuraduría panameña relacionadas con los delitos imputados, sino que todo se trató de una estrategia para reducir los impuestos que tienen que ser declarados ante la Dian”, señaló el procurador del caso.

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Francisco Sintura, exfiscal general y abogado de la bancada de las acusadas, señaló durante las audiencias finales que la Fiscalía fue ligera a la hora de describir en detalle qué hechos rodearon las operaciones cuestionadas por la Fiscalía con empresas en el extranjero. “Hablo de movimientos, contratos, estructuras societarias sin especificar cuáles, contratos durante qué lapso, tampoco informó a través de qué medios puede acreditar sus afirmaciones. La Fiscalía no cumplió con el estándar de prueba requerido más allá de la duda razonable, no probó si los servicios se prestaron o no. La Fiscalía tenía el deber de acreditar que estos servicios no se dieron, lo prometió en audiencia, y nunca lo hizo”, concluyó el abogado Sintura.

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