
Declarar renta se puede convertir en un dolor de cabeza para muchos colombianos. Sin embargo, hay quienes desconocen que la adquisición de bienes o servicios soportados con factura electrónica pueden llevar a una deducción en su impuesto.
(Vea también: Dian advirtió cárcel a 16.000 personas por no pagar impuestos y dio ultimátum)
De acuerdo con la Dian, las personas naturales que presenten estos recursos pueden deducir el 1 % del valor de dichas adquisiciones, sin que exceda de 240 UVT en el respectivo año gravable.
Por tal motivo, es recomendable que las personas que declaren renta conserven las facturas electrónicas de sus compras.
¿Qué requisitos se necesitan para la deducción?
- Las facturas electrónicas deben haber sido expedidas por sujetos obligados a facturar electrónicamente.
- El pago de las compras debe haberse hecho a través de medios electrónicos (tarjeta débito, crédito, etc.).
- El valor total de las deducciones por compras con factura electrónica no puede superar las 240 UVT (Unidades de Valor Tributario) en el año gravable.
Ejemplo:
Si durante el año 2023 la persona hizo compras con factura electrónica por un valor total de 10’000.000 pesos, podría deducir 100.000 pesos en tu declaración de renta.
- La adquisición del bien y/o del servicio debe estar soportada con la factura electrónica de venta con validación previa, en donde se identifique el adquiriente con nombres y apellidos y el número de identificación tributaria, NIT o número de documento de identificación.




¿Qué beneficios representa presentar la factura electrónica?
- Incentiva a la ciudadanía a hacer las compras y exigir la factura electrónica.
- Crea la cultura de expedición y solicitud de la factura electrónica de venta.
- Incentiva la bancarización, lo que redunda en el desarrollo e impulso de la economía.
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