¿Debe actualizar el RUT? Hágalo desde su casa, con o sin firma electrónica

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El Registro Único Tributario o RUT en Colombia debe actualizar siempre que se modifiquen los datos consignados en este documento.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recordó a los ciudadanos colombianos que la vigencia del RUT es indefinida y en consecuencia no se exigirá su renovación, tal como lo recordó este 3 de enero de 2023.

(Lea también: Multas, licencias y más aumentos del 2023: lista completa de todo lo que sube en Colombia)

Además, indicó que el inscrito solamente debe realizar actualización en caso de tener una modificación o adición en los datos que consignó originalmente en el registro (elementos constitutivos de identificación, ubicación o clasificación), esta actualización se debe hacer a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización.

El RUT es un sistema de información administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, el cual constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del Régimen Común y los pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.

La  del RUT es el procedimiento que permite efectuar modificaciones o adiciones a la información contenida en el Registro Único Tributario (RUT), acreditando los mismos documentos exigidos para la inscripción.

(Vea también: La Dian hace importante anuncio sobre el Rut en Colombia que alivia a muchos)

La actualización del Registro Único Tributario procede cuando se modifiquen o adicionen los datos consignados originalmente en este registro en cualquiera de sus elementos constitutivos identificación, ubicación o clasificación.

Tenga en cuenta que es responsabilidad de los obligados, actualizar la información contenida en el Registro Único Tributario (RUT), a más tardar dentro del mes siguiente al hecho que genera la actualización. En Finanzas Personales de Valora Analitik le mostramos paso a paso cómo actualizar esta información sin salir de casa y de forma sencilla.

Cómo actualizar el RUT en Colombia

  1. Inicie sesión en la Dian. Diríjase a www.dian.gov.co a la sección usuario registrado. Si aún no tiene contraseña para el acceso a los servicios en línea, habilite su cuenta a través del botón de usuario nuevo.
  2. En la pestaña “Ingrese a nombre de”, seleccione la opción de “A nombre propio” si quien ingresa es persona natural. O la opción NIT si se ingresa a nombre de una organización o nombre de un tercero y suministre el número de identificación y contraseña de acceso.
  3. En el menú, aparecerá la opción de “Actualización del RUT” y debe pulsar el botón “Continuar” para iniciar la actualización, nuevamente debe pulsar el botón “Continuar”.
  4. Seleccione la hoja donde se encuentra la información sujeta a modificación, una vez seleccionada, pulsa el botón “Cargar documento”; en el formulario desplegado, en cada una de las casillas encuentra un botón de “Ayuda”, exceptuando las casillas de fechas y dirección (para estas debe pulsar doble clic). Una vez realizada la modificación, en la barra flotante pulse el botón “Borrador” para que el sistema asigne número al formulario.
  5. Si requiere modificar la información de otras hojas, ingrese por el botón “Seleccionar hoja”; al finalizar la modificación de los datos, en la barra flotante guarde con el botón “Borrador”.
  6. Formalizar la actualización. Se desplegará una ventana emergente donde debes ingresar la clave dinámica y la contraseña. Para solicitar la clave dinámica, debes dar clic en enlace “Solicítela aquí” y el sistema te enviará la clave al correo electrónico registrado en el RUT o a la sección comunicados del Servicio Informático Electrónico Muisca. Digite la clave dinámica y de clic en el botón de “Firmar documento”.
  7. Al momento que aparezca el acuse de recibo podrá generar el pdf del documento con la leyenda “Certificado de documento sin costo”.
  8. Si no cuenta con Firma Electrónica, envíe el documento con el botón “Enviar”. Una vez enviado, pulse el botón “Formalizar”.

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