Policía puede abrir fuego a discreción en cinco casos, según Mindefensa

Nación
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En su intervención ante el Senado, el ministro Carlos Holmes Trujillo enumeró cinco situaciones en las que la policía puede hacer uso de las armas de fuego.

Una de las partes en las que se dividió el debate de este martes en el Congreso trataba de las protestas y disturbios que se suscitaron por la muerte de Javier Ordóñez en un caso de abuso de autoridad la semana pasada en la capital.

Varios parlamentarios cuestionaron la forma en que la Policía actuó para controlar a la muchedumbre, pero sobre todo refiriéndose a los disparos que varios uniformados efectuaron contra multitudes, los cuales habrían causado algunas de las 12 muertes reportadas entre el 9 y el 11 de septiembre pasados.

Fue a esas críticas que Trujillo reaccionó asegurando que, si bien hay investigaciones en curso contra varios uniformados, la conducta policial está plenamente justificada y basada en la ley, y criticó con vehemencia que muchos se hubieran preguntado quién dio la orden de disparar, diciendo que estos cuestionamientos se formulan “seguramente pensando que las órdenes se dan desde arriba para que los policías salgan a disparar y matar ciudadanos”.

Según él, “de acuerdo a las características, la magnitud del evento y la influencia o afectación del mismo, los comandantes responden y asumen como comandantes del dispositivo policial”.

“Por eso un distinguido general de la policía dijo ‘a nosotros nadie nos ordena’. Lo que quería decir es que los marcos de acción están definidos, y que en el momento determinado, de cara a la circunstancia completa, es el policía el que toma la decisión de accionar el arma de dotación“, explicó el funcionario. “Si lo hizo bien no tendrá problema, y si cometió un error, responderá ante las autoridades competentes”, concluyó.

En ese sentido, enumeró las situaciones en las que los policías pueden hacer uso de sus armas de dotación:

  1. “En defensa de la vida propia o de otras personas.
  2. Cuando hay peligro inminente de muerte o lesiones graves.
  3. Cuando se trate de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida.
  4. Con el objeto de detener a una persona que represente un delito grave y oponga resistencia o para impedir su fuga.
  5. Cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida”.

Pese a que el ministro cerró con esto sus explicaciones al respecto, y luego procedió a reconocer que policías asesinaron a Javier Ordóñez, llama la atención si esto es suficiente para explicar lo sucedido la semana pasada. Esto teniendo en cuenta que no solamente se registraron videos de policías disparando contra la muchedumbre con aparente intención de controlarla, sino también otros en los que comparten armas con presuntos civiles y disparan en situaciones que no parecen enmarcarse dentro de esas circunstancias.

Así fue la intervención de Holmes Trujillo ante el senado sobre el uso de armas de fuego por parte de la Policía:

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