Nueva reforma al Código de Tránsito pone en cintura a centros de enseñanza automovilística

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Por:  Redacción Nación
Actualizado: 2023-01-12 12:15:26

Fue sancionada la reforma a la Ley 769 del 2002, en la que se establecen cambios en las reglas de esos centros para que sean acordes a las realidades actuales.

El año inició con varios cambios en materia de movilidad en el país. En Bogotá, la alcaldía propuso un nuevo pico y placa que entró en vigencia el pasado martes 10 de enero y que no fue bien recibido por los propietarios de vehículos en la ciudad.

(Vea también: Si le falta renovar su licencia de conducción, conozca qué debe hacer y hasta cuándo puede)

También, se habían presentado variantes en los precios de las licencias de conducción en Bogotá para los conductores de carros particulares y motos.

Ahora, el turno fue para la conocida la Ley 769 del 2002, pues se comunicó la reforma al Código de Tránsito estableciendo nuevas reglas para los centros de enseñanza automovilística (CEA).

Estos son los cambios en la reforma al Código de Tránsito

Esa pretende que los centros funcionen bajo condiciones más actuales, requiriendo autorización para el uso de cepos y un nuevo seguro obligatorio.

La normativa reglamenta que los CEA que estén constituidos como persona natural y cuenten con registro en el RUNT tendrán seis meses, a partir de la reglamentación de la ley, para cambiar a la figura de persona jurídica.

Entre las modificaciones más relevantes que propone la Ley 2283 se encuentran las siguientes:

  • Programa de bloqueo de vehículos: los municipios y organismos de tránsito podrán contratar el programa de bloqueo de vehículos a través de cepos u otros elementos similares para aplicarlos sobre las conductas que ameriten inmovilización de un vehículo, previa suscripción de la orden de comparendo. El retiro del equipo de bloqueo será efectivo hasta que el propietario pague la multa y haga el curso de rehabilitación a infractores de tránsito.
  • Seguro obligatorio individual: Los centros centros de diagnóstico automotor (CDA) deberán tomar un seguro obligatorio individual de responsabilidad civil para vehículos particulares que sirva para reponer daños materiales causados a terceros. Ese deberá tener un valor mínimo de 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes para vehículos de servicio particular y siete salarios mínimos legales mensuales vigentes para motocicletas y similares.
  •  Capacitaciones en los CEA: la capacitación de aspirantes a obtener o recategorizar licencia de conducción se dividirá en dos áreas: teórica (se podrá impartir en las modalidades presencial y virtual) y práctica, mediante talleres prácticos de formación y práctica de conducción
FUENTES CONSULTADAS

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