Bogotá
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El Gobierno Nacional ha dado a conocer varias medidas con las personas que ofrecen el servicio de transporte de pasajeros en varias ciudades del país.
El Ministerio de Transporte ha implementado nuevas y más estrictas medidas para regular el uso de aplicaciones de movilidad como Uber, DiDi, Picap y Cabify, con el objetivo de mejorar el control sobre quienes prestan servicios de transporte a través de estas plataformas.
(Vea también: Mintransporte hace sorpresivo anuncio para la licencia de conducción; será de alivio)
En Colombia, más de 100.000 personas utilizan estas app como una fuente de empleo, conectando a miles de ciudadanos con opciones rápidas y accesibles.
Las autoridades han advertido que muchos vehículos particulares que operan mediante estas plataformas no cuentan con la autorización necesaria para prestar este tipo de servicio.
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, cualquier auto particular que ofrezca este servicio de pasajeros debe estar habilitado oficialmente por el Estado.
Esta normativa tiene como finalidad garantizar la seguridad de los usuarios y asegurar que el servicio cumpla con estándares de calidad. Un portavoz del Ministerio expresó que, aunque apoyan el avance tecnológico en este tipi de sistemas es fundamental proteger la vida de los usuarios y exigir que los carros cumplan con los requisitos técnicos y legales establecidos por la legislación colombiana.
El pasado 6 de septiembre, la Superintendencia de Transporte emitió una circular en la que ordena a las autoridades de tránsito intensificar los operativos de control para garantizar que solo los vehículos autorizados presten este tipo de servicios.
Además, la circular hace hincapié en la importancia de cumplir con las normativas establecidas por la Ley 336 de 1996 y la Ley 769 de 2002, que regulan en este sector del país.
Las autoridades locales tienen un plazo de tres días para implementar nuevas estrategias que aseguren el cumplimiento de estas normativas.
Los conductores que ofrezcan servicios sin la habilitación correspondiente enfrentarán sanciones severas.
El Código Nacional de Tránsito establece en la infracción D12 que aquellos que presten un servicio distinto al autorizado en su licencia de tránsito serán multados.
En 2024, el valor de esta sanción asciende a $ 1’300.000, lo que busca disuadir a quienes operen de manera ilegal. Con estas nuevas medidas, el Gobierno busca equilibrar la modernización del sector con la protección de la seguridad y los derechos de los usuarios.
Al reforzar el cumplimiento de las leyes vigentes, se pretende garantizar lo siguiente:
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