Movida con la que Petro insiste tocaría el salario de colombianos; empresas, advertidas

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Se prevé que en los próximos días se lleve a cabo el segundo debate de la reforma laboral y los cambios al pago del sueldo, beneficios e indemnizaciones.

A espera de su segundo debate en el Congreso, el proyecto de reforma laboral dispone de algunos cambios sobre el pago del salario en Colombia, cambios que se centran en mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores del país, dice el Gobierno. Aunque los empresarios creen que podría ser un golpe complejo para el mercado laboral.

(Recomendado: Indemnización para trabajadores independientes en Colombia: Así será)

Según el documento, entre las primeras modificaciones habría que tener en cuenta el aumento de los pagos dado que la jornada nocturna pasaría de empezar a las 9:00 p. m., para ser desde las 7:00 p. m.

De esta manera, los recargos, dice la reforma, que se reconocen en el pago del salario en Colombia pasarían a ser del 100 %, lo que incluye el dinero que se debe entregar cuando un empleado debe trabajar en dominicales o los días de descanso.

Asegura el Gobierno Petro que la reforma impulsará que se reconozcan los derechos de los trabajadores en materia de por el trabajo realizado sin importar el tipo de contrato entre las partes.

(Lea también: Empresas en Colombia pueden favorecer a empleados, no importa si pagan mensual o quincenal)

Tanto para los empleados a término indefinido, como los trabajadores por prestación de servicios, los pagos deben garantizar los tiempos acordados y, en ningún caso, esos plazos pueden ir en contra de los intereses del trabajador.

El pago del salario en Colombia podrá fijarse ya sea por consignación cada dos semanas o un único pago a final de mes.

¿Qué más cambiaría en el pago del salario en Colombia con la reforma?

De otro lado, el mismo documento dispone de una serie de protecciones al trabajador en caso de que, por ejemplo, el empleador no cumpla con los pagos que se fijaron mediante contrato.

“Si a la terminación del contrato de trabajo, el empleador no paga al trabajador los salarios, prestaciones legales y convencionales e indemnizaciones que le adeude, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, deberá pagar al trabajador o trabajadora, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo hasta cuando se verifique el pago”, se lee en la reforma laboral.

Es decir que si un trabajador recibe $ 1’500.000 por pago del salario en Colombia, mensual, tendrá una compensación de $ 50.000 (más las prestaciones respectivas) por cada día que se demore la empresa en pagar.

La indemnización para los trabajadores en Colombia que tengan este salario diario, en caso de que el pago se demore 35 días, será del orden de los $ 1’600.000, más lo que sumen las respectivas prestaciones a las que tiene derecho por contrato el trabajador.

Espera el Gobierno Petro que los cambios propuestos mediante la reforma laboral sean aprobados por el Congreso antes de que se termine el año.

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