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Con el afán de tener los detalles para el 24 de diciembre, cientos consiguen artículos por la web, pero a veces las empresas ni cumplen los plazos acordados.
La demora en la entrega de las compras navideñas ‘online’ suele causar un gran estrés en los consumidores, especialmente cuando se trata de regalos. La incertidumbre sobre si el producto llegará a tiempo puede arruinar la ilusión de las fiestas.
Aunque existen maneras estipuladas para que los consumidores se quejen, cuando se trata de transacciones hechas por Internet hay pasos diferentes para hacer cualquier tipo de petición o reclamo y evitar que la Navidad se dañe por alguna negligencia.
En el caso de que la compra navideña haya sido hecha vía web y no llegue en el tiempo estipulado, debe comunicarse directamente con el vendedor para solicitar una explicación sobre el retraso y una fecha estimada de entrega. Si, a pesar de las gestiones, el producto no llega en el plazo acordado, el consumidor puede presentar una queja formal ante la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual iniciará un proceso de conciliación entre las partes.
(Vea también: ¿Cómo comprar por Internet de manera segura? Siga estas recomendaciones)
Es importante recordar que en Colombia, los compradores, tienen derechos que los protegen en caso de querer devolver un producto. La Ley 1480 de 2011, conocida como estatuto del consumidor, les otorga la posibilidad de retractarte de una compra en ciertos casos y bajo condiciones específicas.
Esto significa que puede solicitar la devolución del dinero o el cambio del producto si este presenta fallas o si simplemente cambió de opinión. Sin embargo, es fundamental conocer los plazos y los requisitos establecidos por la normativa nacional.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, podrá presentar denuncia ante la SIC para que inicie la investigación que corresponda e imponga las multas a que haya lugar. La denuncia debe ser presentada de forma, verbal, escrita o a través de medios electrónicos.
Ahora bien, si la respuesta dada por la empresa no fue la esperada o no fue respondida, puede presentar una nueva querella, la cual, en caso de encontrar probados los hechos, deberá ordenar la reparación de los perjuicios causados al consumidor.
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