¿Se pueden cobrar deudas por medio de redes sociales o WhatsApp? No se deje atormentar

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-08-28 14:40:45

Las obligaciones financieras no dan espera, pero que sea abordado en estos servicios de mensajería es una mala práctica y se puede amparar en la ley.

Las redes sociales y aplicaciones de mensajería en Colombia no solamente se han prestado para estafas, sino que también, en algunas ocasiones, son utilizadas para cobrar obligaciones, afectando la tranquilidad de las personas en sus hogares, lugares de estudio o trabajos.

Según la legislación colombiana, específicamente la sentencia T-050 de 2016, no es legal que le cobren deudas por medio de servicios como WhatsApp. Esta práctica vulnera varios derechos fundamentales de las personas, como:

  • Derecho a la propia imagen.
  • Derecho al buen nombre.
  • Derecho a la intimidad.

(Vea también: Ley que acaba llamadas molestas de bancos es un hecho: ¿a qué horas podrán contactarlo?)

Igualmente, la norma aclara que hacer cobros por estos medios puede acarrear consecuencias legales para el acreedor por daños y perjuicios, e incluso, sanciones por parte de las autoridades competentes.

@abogadojosebotellog ¡Si se la pasan llamándote para cobrarte un dinero que debes, tienes que saber que puedes pedir que dejen de hacerlo!🫱🏻‍🫲🏾☝🏼 #botelloelabogadodelagente #ojoconesto #parati #lawyer #abogados #abogado #colombia #casasdecobranza #bancos #deudas ♬ sonido original – Abogado Jose Botello

¿Cómo denunciar hostigamiento de cobranza en Colombia?

Sandra Martínez Buitrago, decana e investigadora de la Universidad Piloto de Colombia, destacó en el portal Asuntos Legales que: “Si el consumidor se siente acosado por las casas de cobranza, puede tomar los datos del funcionario e interponer la queja ante la Defensoría del Consumidor Financiero de la Superintendencia Financiera o en la Asociación Colombiana de la Industria de la Cobranza (Colcob)”.

¿Cómo funciona la ley ‘Dejen de fregar’?

Es una normativa colombiana (Ley 2300 de 2023) que busca proteger el derecho a la intimidad de los consumidores, limitando las prácticas de cobro agresivas por parte de entidades financieras y cobradores.

De esta manera, las comunicaciones se limitan a llamadas telefónicas, mensajes de texto, correo electrónico y correo físico, las cuales deben ser de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. y los sábados de 8:00 a. m. a 3:00 p. m.

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