Aumento salario mínimo 2025: ¿a qué trabajadores no les subirá el sueldo con la decisión?

Economía
Tiempo de lectura: 2 min

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Escrito por:  Valeria Arias
Actualizado: 2024-12-15 13:41:55

Aunque se le aumentará a millones de trabajadores, otros pueden quedar con la ilusión. Vea cuál es su posición como empleado en cuanto a la medida.

En Colombia hay muchos trabajadores expectantes con la idea de que su salario puede subir considerablemente para el próximo año. Aunque hay varias propuestas sobre la mesa, aún no se conoce la cifra exacta, pero hay muchos que no verán reflejado ese aumento en su pago mensual.

¿A quiénes no les sube el salario para el 2025?

Si usted hace parte del sector de empleados que ganan más del salario mínimo actualmente y el monto que queda aprobado para 2025 no es superior al pago que usted recibe en la actualidad, la empresa no está en la obligación de aumentárselo.

Cabe mencionar que las empresas que anualmente hacen aumento de salario a todos sus trabajadores, suelen tener en cuenta la cifra del IPC, que para 2025 se proyecta a 3,9 %, según el Centro de Estudios Económicos de la Anif. Pero esto es una medida que cada compañía puede decidir con libertad en cuanto a sus trabajadores que ganan más de un salario mínimo.

(Vea también: En esto quedaría el salario mínimo en Colombia con un aumento del 12 %; ¿buena plata?)

¿Cuánto aumentará el salario mínimo en 2025?

Mientras que Acopi pide un aumento del 5,2 %, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) dice que debe subirse al 12 %. Así las cosas, un número entre estas dos cifras sería el aumento, que no está claro y se debe hacer oficial antes de que acabe el año.

¿Qué dice la ley frente al aumento del salario mínimo?

La Constitución Política tiene estatutos claros en cuanto a la regulación del trabajo en Colombia:

  • Igualdad de oportunidades para los trabajadores
  • Remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo
  • Estabilidad en el empleo
  • Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales
  • Facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles
  • Garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario
  • Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.

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