Los cambios en los horarios para los trabajadores pretenden no solo evitar un contagio, sino la exposición en los sistemas de transporte.

“Con el propósito de disminuir el riesgo por exposición en horas pico o de gran afluencia de personas en los sistemas de transporte masivo, tener una menor concentración de trabajadores en los ambientes laborales y una mejor circulación del aire”, asegura el Ministerio, en un comunicado en el que expone algunas medidas que recomienda que adopten las compañías.

Otra disposición tiene que ver con bajarle a la llamada ‘reunitis’, es decir, encuentros laborales presenciales o que concentran a varias personas y generan baja ventilación en un recinto.

“Para evitar el riesgo de contagio de enfermedades respiratorias y COVID-19 por contacto cercano”, sugiere el Ministerio.

El Gobierno hace un llamado para que, teniendo en cuenta que la tos, fiebre y dificultad para respirar son los principales síntomas del COVID-19, los organismos y entidades públicas y privadas deben evaluar la adopción de las medidas.

Theran, capital de Irán

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Otra de ellas es autorizar métodos de Teletrabajo excepcionales y ocasionales, especialmente para trabajadores que recientemente hayan llegado de algún país con incidencia de casos de COVID-19.

“O quienes hayan estado en contacto con pacientes diagnosticados con COVID-19, y para quienes presenten síntomas respiratorios leves y moderados, sin que ello signifique abandono del cargo”, enfatiza el Mintrabajo.

De acuerdo con el jefe de esa cartera, Ángel Custodio Cabrera, las anteriores “son medidas de carácter excepcional y temporal, y es responsabilidad tanto del trabajador como del empleador, evaluar la adopción de las medidas para realizar sus actividades desde la casa”.

Sumado a esto, la circular del Mintrabajo dispone como medidas preventivas las siguientes:

  1. Promover en los servidores públicos, trabajadores y contratistas el adecuado y permanente lavado de manos y la desinfección de puestos de trabajo, como una de las medidas más efectivas para evitar contagio.
  2. Suministrar a los servidores públicos, trabajadores y contratistas, a través de las entidades públicas, privadas y Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención del COVID-19.
  3. Establecer canales de información para la prevención y dejar claro a los servidores públicos, trabajadores y contratistas a quién deben reportar cualquier sospecha de síntomas o contacto con persona diagnosticada con la enfermedad.
  4. Impartir capacitación en prevención contra el COVID-19 al personal de migraciones, salud, aseo y limpieza.
  5. Informar inmediatamente cualquier caso sospechoso a la Secretaría de Salud o Dirección Territorial de Salud de su jurisdicción.