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El presidente Iván Duque firmó y sancionó la norma que había sido aprobada en el Senado y serán los alcaldes los que establecerán las zonas prohibidas.
Se trata de la Ley 2000 del 2019 “por medio de la cual se modifica el Código Nacional de Policía y Convivencia y el Código de infancia y la Adolescencia en materia de consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas en lugares con presencia de menores de edad”.
Es decir, que se restringe cualquier tipo de estupefaciente en perímetros de colegios, parques y cualquier espacios deportivos, culturales o recreativos, entre otros.
El proyecto fue una iniciativa del senador Rodrigo Lara Restrepo y el representante Erwin Arias de Cambio Radical.
Justamente, Lara explicó que la norma contempla:
– Otorga a los alcaldes la competencia para establecer perímetros para la restricción del consumo y porte de sustancias psicoactivas –inclusive la dosis personal– en lugares públicos.
– Prohíbe el porte y consumo, incluido la dosis personal en el perímetro de parques, centros educativos y áreas de interés según sean definidas por los alcaldes de cada municipio.
– Otorga a las asambleas o consejos de administración la función de regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en las zonas comunes de las propiedades horizontales.
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Este proyecto de ley es compatible con los términos del reciente fallo de la Corte Constitucional que declaró inexequible una prohibición general de consumo de licor y drogas en todo el espacio público, por eso, esta iniciativa establece zonas específicas.
En este sentido, el Senador Lara explicó que no se busca penalizar el consumo sino regularlo de manera que no se realice en lugares concurridos por niños:
“Esto es algo que se puede lograr a través de una reglamentación clara por parte de las autoridades locales y no mediante la criminalización del consumo de droga. No se puede penalizar un problema de salud pública que afecta mayoritariamente a personas jóvenes, que no han contado en su mayoría con oportunidades en la vida”.
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