Bogotá
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La jueza Sandra Heredia condenó a 12 años de prisión al expresidente Álvaro Uribe por los delitos de soborno a testigos en actuación penal y fraude procesal.
La sentencia, emitida este primero de agosto, marca la primera vez que un exmandatario colombiano recibe una condena penal en primera instancia. La jueza ordenó que Uribe cumpla la pena en prisión domiciliaria, una medida que, aunque ya había sido anticipada, provoca intensas reacciones en el país.
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La jueza Heredia, tras evaluar un extenso cuerpo probatorio que incluyó testimonios como el del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, determinó la responsabilidad del expresidente en los delitos imputados.
La decisión de imponer prisión domiciliaria, en lugar de una reclusión en un centro penitenciario, se fundamentó en el Código de Procedimiento Penal.
La defensa de Uribe, liderada por el abogado Jaime Granados, tiene ahora cinco días para presentar una apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá, que definirá la sentencia en segunda instancia.
Este organismo tendrá la última palabra sobre la privación de la libertad del expresidente, en un proceso que promete extender las tensiones políticas y judiciales en el país.
Diego Gutiérrez, exfiscal y abogado penalista, explicó en Blu Radio que, por su falta de antecedentes penales (infractor primario), por las circunstancias propias del caso y teniendo en cuenta la condena mínima para sus delitos (7 años y medio) Uribe aplica para gozar de prisión domiciliaria.
“Lo que dice la ley colombiana es que todas las penas inferiores a 8 años aplican para detención domiciliaria, exceptuando algunos delitos”, afirmó el experto.
Así, aunque la pena total alcanza los 12 años, el mínimo era inferior a los 8 años mediante los cuales una persona es elegible para pagar su condena en detención domiciliaria.
La sentencia se fundamenta en las pruebas presentadas por la Fiscalía, que demostraron la intervención de terceros para influir en las declaraciones del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, en un intento por alterar el curso del proceso judicial.
Según la jueza Heredia, estos actos configuraron los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal. No obstante, aclaró que el expresidente fue absuelto del cargo de soborno simple, al no haberse configurado este delito.
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