Por qué el consumo de drogas debe ser motivo de divorcio, según Margarita Cabello
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Visitar sitioLa jefa del Ministerio Público presentó un concepto a la Corte en el que manifiesta que el uso de alucinógenos es motivo para que se disuelva un matrimonio.
El consumo habitual de drogas debe ser motivo de divorcio en Colombia, según le dijo la procuradora general, Margarita Cabello Blanco, a la Corte Constitucional. La jefa del Ministerio Público envió al alto tribunal un concepto sobre una demanda que cursa en la Corte, la cual busca se tumbe el quinto punto del artículo 154 del Código Civil, el cual señala las causales de divorcio válidas en Colombia.
A los ojos de Margarita Cabello, ese artículo del Código Civil “persigue una finalidad legítima, pues busca asegurar la autonomía personal del cónyuge que se ve afectado por el consumo de sustancias de su pareja”. Asimismo, dice la procuradora, la norma “busca asegurar la autonomía personal que se tiene para elegir el proyecto de vida emocional y familiar que se desea, como una manifestación de la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la integridad personal y la protección de los menores de edad”.
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La jefa del Ministerio Público manifestó en su concepto que “Ciertamente, se trata de una causal de disolución del vínculo matrimonial que hace efectivo el deber de respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios”. De acuerdo con la procuradora, la medida es idónea, porque “las causales de divorcio buscan ofrecer a los esposos la posibilidad de disolver el vínculo matrimonial ante situaciones que, razonablemente, ponen en riesgo la tranquilidad y convivencia familiar”.
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Cabello Blanco también agregó que“resulta imperiosa la existencia de la causal demandada para permitir que el cónyuge afectado (…) pueda solicitar autónomamente el divorcio y, a su turno, salvaguardar sus derechos fundamentales cuando la convivencia se torna intolerable debido a las adicciones de su pareja”.
Según la procuradora Cabello, la norma actualmente “limita razonablemente el libre desarrollo de la personalidad, porque pondera los bienes superiores en tensión que se presentan en una relación conyugal ante el consumo habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes por parte de alguno de sus integrantes”.
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