La verdad de si empresas pagarán menos salario por reducción de jornada laboral

Economía
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El próximo 15 de julio entrará en vigencia la Ley 2101 de 2021, a través de la cual la semana de trabajo se reducirá de 48 a 42 horas en Colombia.

El próximo 15 de julio entrará en vigencia la Ley 2101 de 2021, a través de la cual la semana de trabajo se reducirá de 48 a 42 horas en Colombia.

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De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, la reducción será de manera gradual año a año hasta 2026: en este 2023 se trabajarán 47 horas, en el 2024 se bajará a 46, en el 2025 se llegará a 44 y en el 2026 a las 42.

En este sentido, Gloria Ramírez, jefe de la cartera de Trabajo, aseguró que esto no es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción, pero fue enfática en que la aplicación de dicha ley no implica una disminución salarial.

Por su parte, el viceministro de relaciones laborales e inspección, Edwin Palma, explicó que “esto tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”.

Asimismo, aclaró que esta ley se refiere a la jornada laboral máxima de los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, a las personas naturales que han suscrito contratos laborales con empresas privadas, y no aplica para las y los servidores públicos salvo los que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.

“Esto permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y, mejorará la productividad en las empresas”, dijo Palma.

Aumenta valor de la hora diaria

Según el MinTrabajo, la disminución de la jornada máxima laboral implica el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración.

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Los empleadores deben realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad.

El viceministro Palma reiteró que “cualquier duda sobre el particular, podrá ser atendida a través de nuestras inspecciones laborales disponibles en todo el territorio nacional”.

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