Las pensiones a las que les cobrarán impuesto en caso de aprobarse la reforma
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Visitar sitioEl Gobierno del presidente Petro aclaró si las pensiones en Colombia tendrán una nueva responsabilidad tributaria con el proyecto de ley.
Luego de radicar la ponencia para su debate en la Cámara de Representantes, la reforma del gobierno Petro aclara uno de los puntos polémicos de la iniciativa: si las pensiones en Colombia tendrán impuesto.
(Lea también: Amargura para millones colombianos que desean pensionarse pronto, por artículo desechado)
Lo anterior pues, luego de que se aprobara en el Senado de la República, varios congresistas llamaron la atención sobre la posibilidad de que los ingresos por la jubilación tendrían que asumir una carga impositivia.
De entrada, el Gobierno aclaró que las pensiones en Colombia no tendrán un nuevo impuesto, pues se corrigió la redacción de ese apartado de la reforma que empezará su curso, en los próximos días, en la Cámara de Representantes.
“Todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta. Estarán gravadas sólo en la parte que exceda de 1.000 UVT mensuales”, dice el proyecto.
(Vea también: Dicen lo que pasaría con la cobertura de pensiones en Colombia si aprueban reforma)
Impuesto a las pensiones en Colombia: ¿qué más queda exento?
Con esto de base, las pensiones que superen los $ 47.065.000 al mes sí tendrán que pagar impuesto en Colombia, en caso de que se apruebe la iniciativa.
Por lo demás, explica la iniciativa, estarán exentos del impuesto sobre la renta y complementarios Colpensiones, las cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público. Así como las sumas abonadas en las cuentas de ahorro individual del Componente Complementario de Ahorro Individual y sus respectivos rendimientos y las sumas destinadas al pago de los seguros de invalidez y de sobrevivientes.
Finalmente, no se cobrará el impuesto a las ventas en el servicio de pensiones en Colombia a los servicios prestados por las administradoras dentro del Pilar Contributivo, así como los servicios de seguros y reaseguros que prestan las compañías de seguros, para invalidez y sobrevivientes.
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“Los ahorros pensionales nacionales o internacionales de los residentes colombianos al Pilar Contributivo y al Pilar de Ahorro Voluntario son exentos del impuesto al patrimonio”, concluye este apartado de la reforma.
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