Según la Corte Suprema de Justicia, la única salvedad es que dicho suicidio tenga como fin, y haya prueba de ello, estafar a la empresa aseguradora. En ese caso, explica Noticias Caracol, no habría compromiso alguno de pago de un seguro de vida.

El Alto Tribunal afirma también que la ley no tiene prohibición alguna relacionada con este tipo de pólizas. Y enfatiza en que la muerte se puede asegurar con pólizas de seguros, cita ese mismo medio.

Caracol Radio, por su parte, resalta que, bajo esta decisión, las aseguradoras sí deben responder cuando una persona decide suicidarse.

El artículo continúa abajo

“Es erróneo pensar que la libertad de suicidarse tiene que ver con la intención de defraudar a las aseguradoras, y que basta con que una persona decida hacerlo para que ese riesgo sea asegurable”, dice el fallo, citado por esa emisora.

Además, la Corte señala que es necesario diferenciar entre la voluntad de quitarse la vida y la de defraudar y dejarles a sus familiares un seguro de vida. Es en este último caso en el que las aseguradoras no deben responder.

Se espera un pronunciamiento de las aseguradoras sobre el tema en las próximas horas.