Por: El Colombiano

El Colombiano es un grupo editorial multiplataforma con más de 110 años de existencia. Nació en la ciudad de Medellín en Antioquia. Fundado el 6 de febrero de 1912 por Francisco de Paula Pérez, se ha especializado en la investigación y generación de contenidos periodísticos para diferentes plataformas en las que provee a las audiencias de piezas mult...

Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Nov 16, 2023 - 8:31 pm
Visitar sitio

Luego de que el sector minero demandara el artículo de la reforma tributaria que no permitía la deducibilidad de las regalías para el pago de impuesto sobre la renta, que en la práctica ponía al sector extractivo a pagar muchos más impuestos, la Corte Constitucional lo tumbó este jueves.

(Le puede interesar: Alertan por lo que viene en 2024 en Colombia: podría haber nueva reforma tributaria)

La Corte explicó que inicialmente se demandó el inciso primero del parágrafo del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022. Sin embargo, luego de la integración normativa se declaró la inexequibilidad de todo el parágrafo censurado.

La norma demandada prohíbe la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.

La inexequibilidad se da porque la norma desconoce el concepto de regalías y varios principios constitucionales que rigen el sistema tributario. Con este artículo, el Gobierno esperaba recaudar $4 billones de pesos al año.

(Lea también: Explican si cambiará el precio de la técnico-mecánica en Colombia luego de caída de póliza)

De acuerdo con la Asociación Colombiana de Minería (ACM), este fallo constituye una decisión trascendental para la continuidad del sector minero colombiano, pues con esta determinación se elimina una restricción inequitativa que desborda la capacidad contributiva de una industria que antes de la reforma ya contaba con la mayor Tasa Efectiva de Tributación del país.

Dice la ACM que, de esta manera, el alto tribunal protege los principios constitucionales fundamentales, como la primacía del interés general, la igualdad, la justicia y la equidad.

Lee También

“Además de los argumentos jurídicos, el artículo demandado no estaba acorde con las prácticas internacionales sobre estas materias. Con esta decisión, Colombia ya no será el único país del mundo en el que no se pueden deducir las regalías”, indicó Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería

Lee todas las noticias de economía hoy aquí.