Economía
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El jefe de Estado viaja a Dubái, Emiratos Árabes Unidos, y encargó a uno de sus ministros, a pesar de que la vicepresidenta está habilitada para ello.
El presidente Gustavo Petro se prepara para viajar al Medio Oriente, pues visitará Dubái, Emiratos Árabes Unidos, para participar en el World Government Summit 2025, evento en el que compartirá con líderes internacionales y expertos sobre la transición energética en el mundo.
(Vea también: Petro defendió transmisión del consejo de ministros y señaló a su gabinete: “Una hermosura”)
Teniendo en cuenta lo anterior, el jefe de Estado tenía que definir una persona que asumiera varias de sus responsabilidades y se encargara de asuntos de orden nacional. En un principio se pensó que Francia Márquez asumiría dichos compromisos; sin embargo, el mandatario sorprendió con su decisión.
Vía decreto, Gustavo Petro delegó a Guillermo Alfonso Jaramillo como ministro Delegatario, pues el actual jefe de la cartera de Salud está habilitado para ejercer funciones constitucionales.
Si bien, a través de redes sociales tomó fuerza la idea de que el presidente Gustavo Petro había designado a Jaramillo como “presidente encargado”, cabe resaltar que en Colombia no existe dicha figura. Pulzo pudo confirmar que el cargo del funcionario será “ministro con funciones”.
El mismo decreto explica:
“Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, delegánse en el ministro de Salud y Protección Social, doctor Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales”, cita el decreto.
Ahora bien, ante dicha decisión hubo fuertes críticas contra el mandatario, teniendo en cuenta que no se designó a la vicepresidenta Francia Márquez en dicho cargo, pues es constitucionalmente Márquez puede tomar posesión del cargo ante ausencias temporales.
“En las faltas temporales del presidente de la República bastará con que el vicepresidente tome posesión del cargo en la primerá oportunidad, para que pueda ejercerlo cuantas veces fuere necesario. En caso de falta absoluta del presidente de la República, el vicepresidente asumirá el cargo hasta el final del periodo”, expone Función Pública.
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