España endurece medida y suspende ingreso de viajeros desde Colombia; hay excepciones

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Escrito por:  Redacción Mundo
Actualizado: 2021-07-27 05:55:27

El gobierno español eliminó la medida de la cuarentena que había impuesto para varios países, entre ellos Colombia, y ahora prohibió el ingreso de viajeros.

Hace tres días, España anunció que los viajeros provenientes desde Colombia debían guardar una cuarentena de 14 días, como una medida preventiva por la COVID-19 que también aplicaba para turistas de Argentina, Bolivia y Namibia.

No obstante, en las últimas horas el gobierno español reforzó la medida y anunció que, temporalmente, se impedirá el ingreso de personas que lleguen desde los mencionados países; ni siquiera estudiantes podrán entrar a su territorio.

España impide ingreso de viajeros desde Colombia

El país europeo señaló que la medida empezará a regir a partir de este martes 27 de julio y aplicará incluso para las personas que hayan cumplido con su esquema de vacunación.

La restricción irá, inicialmente, hasta el 9 de agosto; según el comunicado del gobierno, la medida se adopta por “razones de orden público y salud pública”, teniendo en cuenta el duro momento que Colombia acaba de atravesar por la COVID-19.

¿Quiénes podrán entrar a España desde Colombia?

Para que las autoridades españolas permitan el ingreso de viajeros desde Colombia, Argentina, Bolivia o Namibia se debe cumplir alguna de estas condiciones:

  • Ser ciudadano español debidamente documentado con pasaporte en vigor o salvoconducto.
  • Ser cónyuge de un ciudadano español, que le acompañe o se reúna con él, siempre que acredite dicha condición mediante el Libro de Familia, certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil español, o acta de matrimonio colombiana apostillada.
  • Ser descendientes directo, menor de 21 años, de un ciudadano español, de su cónyuge extranjero o de su pareja de hecho debidamente registrada, siempre que le acompañen o se reúnan con él.
  • Vivir en España y demás  países de la Unión Europea, así como Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Santa Sede y Suiza, que se dirijan a esos países, debidamente documentados con tarjeta de residencia en vigor.
  • Tener visa de larga duración expedida por España u otro  estado miembro de la Unión Europea, así como por  Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, que se dirijan a esos países.
  • Ser personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo; o personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.

El gobierno también permitirá el ingreso de colombianos y otros extranjeros que tengan razones de fuerza mayor. Se permitirá las escalas, siempre y cuando no supere las 24 horas y el viajero no tenga que cambiar de terminal.

Los que estén entre las excepciones deben cumplir una cuarentena. 

FUENTES CONSULTADAS

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