Se cayó negocio en el que muchos creyeron y metieron plata; así los engañaron

Economía
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La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) ordenó al señor Christian Alexander Bustos Castaño suspender de inmediato la captación de dinero ilegal.

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) emitió la Resolución 122 del 28 de enero de 2025, mediante la cual ordenó al señor Christian Alexander Bustos Castaño suspender de inmediato la captación no autorizada de dinero del público. Además, se le exigió la devolución inmediata de los recursos obtenidos de forma ilegal.

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Según la investigación de la SFC, Bustos Castaño recibió dinero del público para realizar supuestas operaciones de “trading”, manejo de “cuentas de fondeo” y en un supuesto “fondo de inversión”. Además, prometió invertir en proyectos como la construcción de colegios y la publicación de libros. A cambio, garantizaba la devolución del dinero junto con rendimientos que variaban según el monto entregado y un plazo determinado.

La SFC confirmó que Bustos Castaño se promocionaba en redes sociales bajo el nombre de “cristianbaker”, donde se presentaba como “trader e inversionista”, ofreciendo cursos certificados sobre operaciones de “trading”. Una vez los interesados pagaban por el curso y se vinculaban como estudiantes, Bustos Castaño enviaba mensajes recurrentes proponiendo un negocio adicional.

Este negocio consistía en la inversión de recursos en plataformas de “trading”, “fondos de inversión”, “cuentas de fondeo” y otros proyectos particulares, incentivando a las personas a participar con la promesa de recibir rentabilidades en cortos periodos de tiempo.

Bajo este modelo, Bustos Castaño asumió obligaciones financieras con al menos 31 personas, por un monto total de $ 407.897.044, cifra que supera el 50 % de su patrimonio líquido, configurando los supuestos de captación ilegal de recursos.

La SFC recordó que la administración de fondos de inversión en Colombia es una actividad exclusiva del mercado de valores, la cual solo puede ser desarrollada por entidades constituidas en el país y sujetas a la autorización y supervisión del Estado. Los Fondos de Inversión Colectiva (FIC) deben ser administrados por sociedades comisionistas de bolsa, sociedades fiduciarias o sociedades administradoras de inversión, cumpliendo con los requisitos legales para su constitución y funcionamiento.

La SFC remitió copia de la Resolución 122 y del expediente respectivo a la Superintendencia de Sociedades para que inicie el proceso de intervención. Las personas afectadas por las actividades no autorizadas de Bustos Castaño deberán presentarse ante esta entidad.

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Asimismo, se envió copia del caso a la Fiscalía General de la Nación para que adelante las investigaciones correspondientes en el ámbito penal.

Con esta medida, la SFC busca proteger los recursos del público y prevenir la realización de actividades ilegales que afectan la confianza en el mercado financiero colombiano.

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