¿Hay forma legal de no pagar peaje en Colombia? Hay confusión por videos virales en redes

Economía
Tiempo de lectura: 2 min

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Escrito por:  Valeria Arias
Actualizado: 2024-06-05 09:39:03

Varios ciudadanos en redes sociales se han estado preguntando por este tema luego de que varias grabaciones circularan con ciudadanos evadiendo el pago.

En Colombia el pago de peajes se ha establecido en puntos estratégicos para el mantenimiento vial de las carreteras y muchos conductores están en medio de confusión por varios videos virales que muestran cómo algunos se saltan este cobro. ¿Hay forma legal de o pagarlo?

(Vea también: Tarifas de peajes en Colombia: cuáles son los más baratos y más caros con alza para 2024)

Varios videos virales muestran cómo algunos actores viales pasan por peajes sin pagar argumentando una norma que existe en Colombia. Sin embargo, las grabaciones provocan confusión, pues no es cierto que en la actualidad haya forma de saltarse el peaje.

Y es que en el país existió una resolución que eximía a los conductores de pagar cuando habían estado por mucho tiempo esperando a hacerlo. En palabras sencillas, si en el punto de pago se estaba generando represamiento, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional podía solicitar que se levantara la talanquera para descongestionar.

 

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¿Hay forma legal de no pagar peaje en Colombia?

Se trata de la Resolución 000071 de 2009 del Ministerio de Transporte, la cual fue firmada por Andrés Uriel Gallego Henao, el entonces responsable de esa cartera.

El artículo 3 de este documento señala que: “se faculta a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional para que se de cumplimiento a la directriz ministerial de levantar la barrera (talanquera) en las estaciones de peaje administradas por las concesiones y/o Instituto Nacional de Vías (Invías), y permitir el paso de vehículos cuando el número de estos genere represamiento, según lo estipulado en las obligaciones contractuales y reiterado en el oficio MT-4562-1 65536 del 19 de diciembre del 2006, requiriendo la presencia de los interventores”.

Sin embargo, la norma aclara inicialmente que estas fueron medidas transitorias y que aplicaron en su momento, es decir, 11 y 12 de enero y temporada vacacional de Semana Santa de abril de 2009, por lo que ya no están vigentes.

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