Empresas ya no podrán pedir esto a ciertas trabajadoras con la nueva ley laboral
Tú navegador no es compatible para reproducir este audio
Con la aprobación y sanción de la reforma laboral, las mujeres embarazadas estarían exentas de algunas labores que pongan en riesgo su salud.
La reciente reforma laboral en nuestro país ha traído ciertos cambios importantes, especialmente en lo relacionado con la protección de las trabajadoras embarazadas.
(Vea también: “No es la maravilla”: Mario Hernández alerta por caída que se siente con negocios en Colombia)
A partir de ahora, los empleadores tendrán restricciones para exigir tareas que puedan poner en peligro la salud de las trabajadoras gestantes o la de sus bebés.
La modificación en cuestión prohíbe la asignación de tareas por parte de los jefes que involucren un esfuerzo físico que, bajo criterio médico, pueda presentar riesgos como abortos o influir en el desarrollo normal del feto.
“Desde la entrada en vigor de esta nueva ley, ninguna trabajadora embarazada podrá ser obligada a realizar labores que comprometan su embarazo o su salud en general,” explicó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, al anunciar este cambio significativo en las leyes laborales colombianas, según La FM.
Este cambio es parte de una reformulación al artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo que ahora introduce disposiciones específicas para proteger condiciones médicas especiales, como el embarazo.
Beneficios de la reforma laboral para mujeres embarazadas
Además de la negativa a tareas de alto riesgo, la reforma laboral garantiza a las trabajadoras embarazadas el derecho a ausencias de hasta cuatro horas, para asistir a controles prenatales sin descuentos en sus sueldos.
Sin embargo, se requiere que notifiquen a sus jefes con al menos dos días de anticipación, a menos de que se trate de situaciones urgentes. Un comprobante médico puede presentarse para justificar estas ausencias y extender el permiso si es necesario.
La Corte Constitucional de Colombia ha reforzado esta protección laboral al enfatizar que los despidos o vacancias forzadas de mujeres gestantes deben ser analizados con detenimiento.
Según la ley, la terminación del contrato laboral de una mujer embarazada debe contar con la autorización previa del Ministerio de Trabajo y si hay alguna presión o coacción para que la trabajadora renuncie, la renuncia puede ser anulada.
Si bien estas medidas son un paso en la dirección correcta, el camino hacia la equidad laboral es largo. Para el Ejecutivo, la reforma laboral forma parte de un marco más amplio que busca erradicar la violencia, el acoso y la discriminación en el trabajo, con especial énfasis en la equidad de género y la protección de los más vulnerables.
Acciones que ya no podrán tomar las empresas sobre los trabajadores
Existen principios fundamentales que protegen los derechos de los trabajadores frente a situaciones de vulnerabilidad o discriminación. La ley establece límites claros sobre las razones por las cuales un empleado puede ser desvinculado de su cargo, así como sobre el respeto a las preferencias personales y las condiciones de salud, de acuerdo con El Tiempo.
- Despidos injustificados: el empleador no puede despedir ni presionar a los empleados para que renuncien por motivos de religión, opinión política, raza o origen étnico.
- Interferir en preferencias personales: los trabajadores tienen derecho a ejercer su libertad religiosa y política, siempre que esto no interfiera con el cumplimiento de sus funciones laborales.
- Pedir renuncia por condiciones de salud: los empleadores no pueden presionar ni exigir la renuncia anticipada de trabajadores que, debido a enfermedades físicas o afectaciones de salud mental, estén impedidos temporalmente para cumplir con sus responsabilidades.
Estas disposiciones legales buscan promover un ambiente laboral más justo, inclusivo y respetuoso, donde los trabajadores no sean objeto de discriminación ni coacción.
.
Temas Relacionados:
Recomendados en Economía
Te puede interesar
Sigue leyendo