Cuánto debe pagar un propietario a un inquilino por acabar contrato de arrendamiento

Economía
Tiempo de lectura: 2 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

Escrito por:  Alejandra Hurtado
Actualizado: 2024-08-22 09:34:55

La indemnización se da cuando una de las partes decide terminar el acuerdo de manera anticipada, sin una causa justa, y está regulada por la Ley 820 de 2003.

Esa norma establece las condiciones bajo las cuales un arrendador o arrendatario pueden dar por terminado el contrato y las indemnizaciones correspondientes.

Cuando el propietario es el que decide terminar el contrato, debe darle hasta tres meses al inquilino para desocupar la vivienda y además compensarlo económicamente.

Eso, solo si hay no hay una justificación válida para acabar con el convenio, pues si alguna de las partes no cumple con sus obligaciones puede finalizar el acuerdo sin necesidad de pagar nada.

Cuánto se paga de indemnización por terminar contrato de arrendamiento

Si el arrendador decide terminar el contrato debe pagar una indemnización equivalente a tres meses de canon de arrendamiento.

(Vea también: ¿Si vive en arriendo, tiene derecho a un mes gratis? La verdad detrás de esa creencia)

Es decir que el monto depende de la tarifa que cada quien acordó. Por ejemplo, si una persona paga 1’000.000 de pesos, podría ser indemnizado con 3’000.000 de pesos.

No obstante, en caso de que el inquilino lleve cuatro años o más con el contrato de arrendamiento y el propietario decida terminarlo, la indemnización será el precio de 1,5 meses de arrendamiento, agrega la Ley 820 de 2003.

(Vea también: Aviso sobre cómo se fija precio del arriendo en Colombia: ley puede aliviar a más de uno)

Si el arrendatario no cumple con la entrega del inmueble en el tiempo establecido, el dueño podrá reclamar el dinero que pagó por la indemnización.

Cuándo el arrendatario puede terminar contrato de arrendamiento

El inquilino también puede tomar la decisión de finalizar el contrato, aunque también debe indemnizar al propietario con tres meses de arriendo. No obstante, puede salvarse de ese pago cuando:

  • Avisa en un escrito, con al menos tres meses previos, que no va a renovar el contrato y espera a la fecha del vencimiento.
  • Si se suspende la prestación de servicios y estos están a cargo del propietario. El arrendatario puede asumir la reconexión y descontar el cobro de lo que le paga al propietario.
FUENTES CONSULTADAS

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Nación

Linchan a pastor que habría abusado a su hijastra de 13 años: la menor logró escaparse

Nación

Muestran realmente cómo era la casa de la familia Lora; lo que encontraron acabó con mito

Novelas y TV

Karina, sin pijama, y Altafulla, sin pantalón: videos delataron caliente noche en la cama

Estados Unidos

Nuevo golpe de Trump a Colombia: EE. UU. hizo advertencia para quienes viajen hacia acá

Mundo

Joven de 15 años asesinó a un compañero dentro de su colegio: dejó carta aterradora

Bogotá

Grave situación de orden público en la Nacional, luego de las marchas; UNDMO ya respondió

Estados Unidos

Trump publicó fotos de los ‘peores inmigrantes’ en la Casa Blanca; hay dos colombianos

Economía

Destacada empresa colombiana, con lío en Panamá: es la obra más importante de ese país

Sigue leyendo