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Aquellas personas que requieran solicitar esta ayuda económica, deberán presentar los siguientes documentos que demuestren los gastos funerarios del afiliado.
La Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) ha informado a sus usuarios cómo pueden acceder al auxilio funerario que otorgan cuando uno de sus afiliados fallece y la persona interesada ha asumido los gastos del sepelio.
Se trata de un apoyo económico que busca cubrir o reembolsar los costos funerarios ocasionados por el fallecimiento de un afiliado o pensionado del Sistema General de Pensiones.
(Vea también: Estos son los pensionados de Colpensiones que recibirán mesada extra desde julio)
Puede solicitar este auxilio cualquier persona que haya pagado dichos gastos, sin importar si es familiar, amigo o un tercero, siempre que cuente con los documentos que acrediten el pago de los servicios.
El monto del auxilio funerario varía entre cinco y diez salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), dependiendo del valor efectivamente pagado. Para el año 2025, esta cifra oscila entre 6.500.000 y 13.000.000 de pesos, según el salario mínimo establecido, de acuerdo con información de Infobae.
El plazo para hacer la solicitud es de un año a partir de la fecha del fallecimiento, según lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 758 de 1990, tal como lo indica el Ministerio de Trabajo en su portal web.
Colpensiones también aclara que el valor del auxilio corresponde al monto de la pensión que recibía el fallecido si era pensionado, o al último salario cotizado si se trataba de un afiliado activo.
Para acceder a este auxilio económico, el interesado debe acercarse a las oficinas de Colpensiones o ingresar a su página web, completar el formulario de solicitud de prestaciones económicas y presentar los siguientes documentos:
(Lea también: Explican cómo será el manejo de Colpensiones con los ahorros y límites que existen)
Una vez aprobado el auxilio, se informará a la parte administrativa de Colpensiones para proceder con el desembolso del dinero. En caso de que la solicitud sea rechazada, el interesado tiene derecho a presentar un derecho de petición para que se revise la decisión.
De acuerdo con el Ministerio de Justicia, la garantía de la pensión mínima va dirigida a trabajadores que son afiliados al régimen de ahorro individual, y que al momento de cumplir la edad para la pensión, no cumplen con el requisito mínimo de semanas cotizadas.
El valor de la pensión mínima es igual a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMMLV). En 2025 este valor es de 1.423.500 pesos.
Para pensiones cuyo monto mensual en el año 2024 fue superior al SMMLV, el reajuste para el año 2025 será de 5,20 %, de acuerdo con el incremento del índice de Precios al Consumidor (IPC).
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