Personas con mascotas podrían meterse en problema legal por nueva decisión en Colombia

Mascotas
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Escrito por:  Julián Camilo Sandoval
Actualizado: 2024-06-05 12:19:39

La Corte Constitucional admitió una demanda que prohibiría mutilar a los animales con fines estéticos en todo el territorio nacional.

Las mascotas y otros animales domésticos de Colombia están a poco de celebrar luego de que, según Agronegocios, la Corte Constitucional admitiera una demanda contra la expresión ‘estética’ que se consigna en el literal C del artículo sexto de la ley en la que se establece el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989).

(Vea también: Latam hizo anuncio para quienes viajen con mascotas; hay nuevas políticas y condiciones)

Este término, tan controversial para muchos, permitía que la destrucción, mutilación, o daño contra cualquier miembro (interno o externo) de un animal se pudiera llevar a cabo bajo un justificante estético, lo que evitaba cualquier sanción contra quienes cortaban orejas, colas y demás miembros de mascotas por “mejorar su apariencia”.

Y es que, según la norma vigente y el artículo mencionado, se presumen los hechos dañinos y actos de crueldad para con los animales los siguientes:

“Remover, destruir, mutilar o alterar cualquier miembro, órgano o apéndice de un animal vive, sin que medie razón técnica, científica, zooprofiláctica, estética o se ejecute por piedad para con el mismo”.

De esta manera, lo que busca el demandante de este literal, según el medio citado, es que se elimine la ‘estética’ como un justificante para maltratar al animal, pues este término permite que algunas razas de perro, gato o hasta caballos pierdan partes de su cuerpo como la cola, las orejas y demás para cambiar su aspecto, sin que esto involucre una sanción legal.

El hecho de que la Corte haya admitido la demanda da luz verde para que en los próximos meses avance el adecuado proceso que permita que “se lleve a cabo una deliberación preliminar sobre la constitucionalidad de las normas sometidas a control“, en este caso, la del apartado demandado.

Por ahora, conforme con la ley, se deberá esperar a que un magistrado de la entidad haga la solicitud para avanzar en dicha deliberación.

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