Ministro de Defensa: Esmad no comete excesos en protestas

Nación
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El jefe de esa cartera, Carlos Holmes Trujillo, manifestó que los casos de abuso policial del pasado 23 de noviembre corresponden a “actuaciones individuales”.

Trujillo respondió de esta forma a la decisión histórica de la Corte Suprema de Justicia de suspender el tipo de arma con la que se le disparó a Dilan Cruz en las protestas del pasado 23 de noviembre en Bogotá. 

Lejos de admitir responsabilidades colectivas, el ministro de Defensa señaló que las culpas eran individuales y no de la institución policial que, según él, “vela por garantizar la vida de todos los residentes en Colombia”.

“El Esmad no incurre institucionalmente en excesos. En los casos del 23 de noviembre de 2019, en los que pudo existir exceso por parte de la fuerza pública, estos corresponderían a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes por inobservancia de la Constitución, la ley, los reglamentos y protocolos”, detalló Trujillo en rueda de prensa virtual. 

Al alto funcionario agregó que la actuación del Esmad “se produce exclusivamente ante las acciones violentas e irracionales” y que no se da ante manifestaciones pacíficas. 

Añadió que las actuaciones de abuso de autoridad son “comportamientos individuales” que están siendo “objeto de investigaciones penales y disciplinarias por las autoridades competentes quienes serán las llamadas a establecer o no la responsabilidad individual”.

Estas fueron las palabras de Carlos Holmes Trujillo:

Corte Suprema prohíbe arma usada por el Esmad en caso de Dilan Cruz 

La histórica sentencia señala que todos los hechos enmarcados en el Paro Nacional, de noviembre de 2019, han evidenciado una “problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas”, y por eso el Ministerio de Defensa deberá disculparse ante los colombianos. 

Además, la Corte adoptó varias medidas para que el Gobierno Nacional garantice el derecho a la protesta pacífica en todo el país. Una de ellas es que el Esmad tiene 48 horas, una vez sean notificados del fallo, para suspender el uso de las escopetas calibre 12, el mismo tipo con el que un agente de esa fuerza hirió a Dilan Cruz el 23 de noviembre de 2019 y le causó la muerte dos días después. 

Para ese alto tribunal, como institución, el Esmad supone un vacío porque “no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”. 

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