Suspendieron el juicio contra Álvaro Uribe por jugada que le concedieron en tutela
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Visitar sitioUn magistrado aceptó la medida cautelar que la defensa del expresidente solicitó en su reclamo contra la jueza que lleva el caso, al rechazar una recusación.
El Tribunal Superior de Bogotá ha emitido una decisión sobre el juicio que enfrenta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunto fraude procesal y soborno a testigos, al conceder la medida cautelar solicitada en su tutela. La decisión, tomada por el magistrado Ramiro Riaño, implica la suspensión inmediata del juicio, que se encuentra en su etapa probatoria, hasta tanto se resuelva el fondo de la acción de amparo interpuesta por la defensa del exmandatario.
“Por tanto, al encontrar la medida provisional, necesaria y urgente al estar en entredicho la imparcialidad de la funcionaria y la validez de la actuación que se agote a futuro, mientras se resuelve el fondo de la tutela, se ordena a la Juez 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá que, suspenda de forma inmediata y hasta tanto se resuelva de fondo la presente acción de amparo, el juicio oral adelantado contra el señor Álvaro Uribe Vélez”, dijo el magistrado Ramiro Riaño.
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Según el fallo, la medida provisional fue tomada en consideración de las actuaciones de la jueza encargada del caso, Sandra Viviana Heredia, quien, según la defensa de Uribe, habría vulnerado los derechos al debido proceso al rechazar de manera arbitraria una recusación en su contra. Esta recusación fue presentada el pasado 10 de febrero, durante una audiencia clave, cuando la defensa alegó que la jueza descalificó sus argumentos y favoreció la celeridad del proceso en detrimento de las garantías procesales.
“Se destacó la constante descalificación hacia la defensa, la prelación a la celeridad sobre las garantías, lo sucedido con el descubrimiento probatorio, las acusaciones a la defensa técnica ocurridas dentro del proceso acción de tutela, la negativa sistemática de pruebas relevantes”, defensa Álvaro Uribe
El Tribunal consideró que, al no haberse resuelto el fondo de la recusación y haber sido rechazada de plano, se vulneraron los derechos fundamentales del acusado y de las partes involucradas, lo que podría resultar en una eventual nulidad de lo actuado hasta ese momento. En su decisión, el magistrado Riaño citó el artículo 62 del Código de Procedimiento Penal, que ordena la suspensión inmediata de la actuación judicial hasta que se resuelva el asunto, y recordó que, en caso de que la recusación no prospere, se debe asumir la suspensión del término de prescripción.
Vea los detalles y el análisis de la decisión aquí en Focus Noticias:
Para el magistrado Ramiro Riaño en su decisión de conceder la medida provisional argumentó: “Bajo tal panorama, este magistrado considera que, al no haberse emitido una decisión de fondo frente a la recusación por parte de la juez accionada; por el contrario, rechazarla de plano al calificar la postulación como una acción dilatoria, pretermitió que otro juez valorara la situación atribuida, según el trámite fijado en la Ley 906 de 2004 y eventualmente puede configurar una vulneración a las garantías fundamentales del art. 29 de la Carta.
Al prosperar la acción de amparo por la presunta vía de hecho e incluso, la misma recusación, de ordenarse a través de la tutela darle el trámite correspondiente y ser favorable esta última determinación a los intereses del procesado, implicaría retrotraer el juicio hasta el momento en que se presentó la aludida solicitud y tener que volver a repetir lo actuado, desde que propuso la misma; lo cual tendría incidencia en la forma de apreciación de las pruebas practicadas hasta ese momento y llevaría al traste con la teoría defensiva e implicaría una eventual nulidad por desconocimiento del debido proceso que le asiste al enjuiciado.
Se ordena de inmediato la suspensión del trámite hasta que se resuelva el asunto y, el inciso 2° prevé la interrupción del término de la prescripción en caso de resultar infundada la recusación. Es decir, las consecuencias de no prosperar la postulación de la defensa del accionante las deberá asumir él, en punto a la suspensión del término de prescripción.
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¿Qué implica la suspensión del juicio contra Álvaro Uribe Vélez?
El proceso judicial de Uribe ha sido particularmente polémico, con acusaciones de abuso de poder y presión política que han alimentado el debate público. Esta suspensión podría retrasar el desarrollo del juicio durante semanas, dependiendo de cómo se resuelva la acción de tutela que aún está pendiente.
El caso ha adquirido relevancia no solo por la figura del exmandatario, sino que es la primera vez en Colombia que un expresidente es llevado a juicio.
El juicio, en el que se está escuchando la declaración de testigos clave, será suspendido hasta que se resuelva el fondo de la tutela interpuesta. Durante este período, se espera que las partes involucradas, incluida la jueza recusada, presenten sus argumentos para aclarar la situación.
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