A la cárcel, hombre que habría abusado y asesinado a su hijastra, Celeste, de 3 años

Bogotá
Tiempo de lectura: 3 min

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Escrito por:  Valeria Arias
Actualizado: 2024-06-02 14:23:51

Se le acusa de dos delitos conexos a la muerte de la pequeña y esta es la condena que podría caerle encima luego del proceso judicial que apenas empieza.

En las últimas horas se conoció que el hombre que habría abusado y asesinado a su propia hijastra de 3 años en Bogotá, Bryan David Ramírez, acaba de recibir medida de aseguramiento intramural mientras avanza el proceso en su contra.

(Vea también: Hombre que habría golpeado a hijastro de 3 años fue capturado; pidió protección a Policía)

La pequeña Celeste, de 3 años, llegó el pasado viernes 31 de mayo al Hospital de Kennedy sin signos vitales y con diferentes traumatismos en el cuerpo. El sábado primero de junio se conoció sobre su captura y ahora en un proceso conexo a la muerte de la menor de edad se lleva a cabo una investigación que lo involucra a él como abusador.

Adicionalmente, hallazgos en el celular del hombre hechos por la Policía dan cuenta de que este sujeto poseía material íntimo de otra niña en su celular y por eso los delitos que pretenden imputársele son pornografía infantil y actos sexuales con menor de 14 años.

Este es un proceso que se lleva en paralelo con el que se abrió para esclarecer el fallecimiento de la pequeña en extrañas condiciones, pues al parecer habría muerto 40 minutos antes de llegar al centro médico. En esta investigación mencionada la Fiscalía también busca imputarle el delito de homicidio.

Según un testimonio de la familia conocido por Blu Radio, la niña fue sometida a diferentes tipos de maltrato por ese sujeto:

“Esta mañana se levantó indignado y le pegó a la mamá, la niña se puso a llorar y empezó a golpearla hasta que la mató. La niña de tanto gritar la cogió a patadas y la golpeó hasta quitarle la vida”, aseguraron.

¿Cuánto de cárcel podría pagar el abusador de niña de 3 años?

Según el Código Penal, estas son las condenas contempladas en los casos de ambos delitos:

  • Artículo 218: “quien almacene pornografía infantil para uso personal o intercambio por medios físicos o electrónicos será sancionado con 2 a 4 años de prisión”.
  • Artículo 209: “el que realizare actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de 14 años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en prisión de 9 a trece 13 años“.

Cabe mencionar a esta condena también se le sumaría la del delito de homicidio, en casi de que también surta efecto el proceso en su contra por la muerte de la niña.

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