Cuántas horas puede trabajar un menor de edad en Colombia y cómo sacar permiso

Empleo
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Escrito por:  Alejandra Hurtado
Actualizado: 2025-01-08 12:48:37

Es común que en temporada de vacaciones muchos adolescentes quieran trabajar para tener unos pesos más y hay otros buscan emplearse los fines de semana.

Aunque la legislación colombiana sobre el trabajo infantil está diseñada para proteger los derechos de los menores y garantizar que su desarrollo físico, mental y emocional, el Ministerio de Trabajo permite que menores entre 15 y 17 años se empleen, siempre y cuando tengan la autorización de sus padres o acudientes.

No obstante, las condiciones laborales para ellos no deben ser similares a las de los adultos. Los que tengan 15 o 16 años solo puede trabajar seis horas diarias, y máximo 30 a la semana, mientras que los de 17 años pueden laborar ocho horas diarias y 40 semanales. Por lo mismo, la reducción de la jornada laboral que se hará en 2025 no se aplica en estos casos.

¿Qué trabajos pueden hacer los menores de edad en Colombia?

La ley no específica qué trabajos pueden tener los menores en Colombia, pero si se advierte, en el artículo 171 del Código Sustantivo del Trabajo, que los menores de 18 años “no pueden trabajar como pañoleros o fogoneros, en los buques de transporte marítimo”, ni tampoco deben tener empleos en horas nocturnas.

El código también señala que los menores de 14 “no pueden trabajar en las empresas industriales, ni en las empresas agrícolas cuando su labor en éstas les impida su asistencia a la escuela”. Ellos solo pueden empezar a trabajar en actividades artísticas, culturales, recreativas o deportivas, agrega el Ministerio de Trabajo.

¿Cómo sacar el permiso de trabajo para menores de edad en Colombia?

Los interesados en este documento deben solicitarlo, junto a sus padres o acudientes, ante el inspector del trabajo. Si en en el municipio no hay inspector de trabajo, la diligencia debe hacerse ante un comisario de familia o en la alcaldía.

Para llevar a cabo el trámite debe llevar:

  • Registro civil de nacimiento
  • Carta compromiso de estudio, en caso de estar estudiando.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los padres o acudientes.
  • Certificado de estudios o matrícula en el colegio.
  • Certificado de existencia y representación legal de la empresa que lo va a contratar.

Si el menor ya terminó su colegio y es bachiller debe anexar estos documentos:

  • Fotocopia del diploma y acta de bachiller.
  • Examen de ingreso donde se indique el estado de salud del menor.
  • Estudio del puesto de trabajo.
  • Estudio del panorama de riesgo.
  • Certificado de existencia y representación de la empresa.

La entidad hará un estudio para determinar si aprueba o no el permiso de trabajo laboral. Además lo podrá revocar en cualquier momento en caso de que la salud, educación y la seguridad social del menor se vea comprometida.

FUENTES CONSULTADAS

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