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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) publicó este viernes su opinión consultiva al respecto, solicitada por Colombia hace casi dos años.
“La reelección presidencial indefinida no constituye un derecho autónomo protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos ni por el corpus iuris del derecho internacional de los derechos humanos“, estableció la Corte IDH.
El documento, emitido con cinco jueces a favor y dos en contra, agrega que “la habilitación de la reelección presidencial indefinida es contraria a los principios de una democracia representativa y, por ende, a las obligaciones establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre”.
“Este tribunal concluye que la habilitación de la reelección presidencial indefinida obstaculiza que otras fuerzas políticas distintas a la persona a cargo de la Presidencia puedan ganar el apoyo popular y ser electas, afecta la separación de poderes y, en general, debilita el funcionamiento de la democracia”, expresa el pronunciamiento.
La Corte advirtió en el documento que “el mayor peligro actual para las democracias de la región no es un rompimiento abrupto del orden constitucional, sino una erosión paulatina de las salvaguardas democráticas que pueden conducir a un régimen autoritario, incluso si este es electo mediante elecciones populares“.
“En consecuencia, las salvaguardas democráticas deberían prever la prohibición de la reelección presidencial indefinida. Lo anterior no implica que se deba restringir que otras personas, distintas al presidente en ejercicio, pero de su mismo partido o fuerza política, puedan postularse al cargo de la Presidencia”, dijo la Corte IDH.
La Corte IDH aclaró que el objeto de esta opinión “no es restringir la reelección presidencial en general, sino aclarar que la ausencia de limitación razonable a la reelección presidencial, o la implementación de mecanismos que materialmente permitan el irrespeto de las limitaciones formales existentes y la perpetuación directa o indirectamente de una misma persona en el ejercicio de la Presidencia, es contraria a las obligaciones establecidas en la Convención Americana”.
Esta opinión consultiva fue solicitada por el Estado colombiano en octubre de 2019 y desde entonces a Corte Interamericana realizó un proceso abierto en el que recibió opiniones al respecto de personas y organizaciones de diferentes países.
La consulta de Colombia se basaba en una pregunta en específico: ¿Es la reelección presidencial indefinida un derecho humano protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos?
El Gobierno nunca aclaró cuál era la verdadera motivación detrás de la consulta. Sin embargo, también consultó sobre los efectos en los derechos humanos en el caso de que un Estado modifique o busque modificar su ordenamiento jurídico para asegurar, promover, propiciar o prolongar la permanencia de un gobernante en el poder mediante la reelección presidencial indefinida.
Aunque en su momento algunos vieron esto como un intento de revivir la reelección presidencial en el país, eliminada en 2015, lo anterior indicaría que la verdadera intención podría ser apoyarse en este concepto para atacar al régimen venezolano en cabeza de Nicolás Maduro, que permanece en el poder sosteniendo que reelegirse indefinidamente es su derecho.
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