Más de $ 2.000 millones: la multa impuesta a empresas de desmantelado cartel de la minería

Economía
Tiempo de lectura: 4 min
Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2021-03-03 09:45:40

La Superindustria (SIC) impuso los castigos en dinero por las conductas anticompetitivas de varias empresas entre 2011 y 2016, denunciadas por Ecopetrol.

La participación de varios delatores en el Programa de Beneficios por Colaboración permitió ayudar a desarticular el cartel en el mercado de producción de materiales de construcción extraídos de los lechos de los ríos.

Fueron 11 agentes de mercado y 9 personas naturales los sancionados por la SIC, luego de que se demostró que hicieron dos acuerdos restrictivos de la libre competencia económica celebrados y ejecutados por distintas empresas mineras de la zona de Guamal, Acacías y Castilla La Nueva, en el departamento del Meta.

Los acuerdos ilegales se dieron en el mercado de producción de materiales para la construcción extraídos en lecho de río, cuyos compradores principales son los contratistas de Ecopetrol, que no tiene relación con las conductas sancionadas por el ente de control.

El primer acuerdo anticompetitivo consistió en la asignación de cuotas de suministro, denominadas por los cartelistas como la “repartición equitativa”, señala el comunicado de la SIC.

Dicho acuerdo tuvo en cuenta el número de títulos mineros que distintas personas en la zona y se pactó que el 40 % del suministro de piedra para los contratistas de Ecopetrol correspondería a José Héctor Murillo Castillo (el delator a quien le rebajaron la multa por señalar los ilícitos) y Servipetróleos, y el 60 % restante a los mineros afiliados a la Asociación de Mineros de Guamal, Acacías y Castilla La Nueva – Asomguaca.

Qué dice el otro acuerdo anticompetitivo

El segundo acuerdo era garantizar y complementar el cumplimiento efectivo de la asignación de cuotas de suministro, y consistió en la fijación de precios de la piedra que los mismos agentes de mercado establecieron año a año desde 2012 hasta febrero de 2016.

Las autoridades demostraron que estos pactos afectaron la libre competencia económica en el mercado por, al mismo tiempo y por las mismas empresas, coordinar operaciones, logística, seguimiento, vigilancia y control de los acuerdos anticompetitivos celebrados por los miembros de esta forma de minería.

Las multas impuestas son las siguientes:

No. Sancionado Multa
Agentes de mercado
1 JOSÉ HÉCTOR MURILLO CASTILLO

Primer delator – exoneración total (100%) de la multa

$175.367.640.oo
2 TRITURADOS Y TRITURADOS S.A.S.

Segundo delator – descuento del cincuenta por ciento (50%) en la multa

$334.178.832.oo
3 TRITURADOS MINA LA ISLA S.A.S.

Tercer delator – incumplió obligaciones derivadas del Programa de Beneficios por Colaboración

$89.136.140.oo
4 PIÑEROS BARRERA Y COMPAÑÍA LTDA.

Cuarto delator – incumplió obligaciones derivadas del Programa de Beneficios por Colaboración

$13.179.804.oo
5 ALUVIALES LA FORTUNA S.A.S.

Quinto delator – incumplió obligaciones derivadas del Programa de Beneficios por Colaboración

$17.427.840.oo
6 SUMINISTROS MINEROS DEL LLANO LTDA.

Sexto delator – incumplió obligaciones derivadas del Programa de Beneficios por Colaboración

$76.682.496.oo
7 ASOCIACIÓN DE MINEROS DE GUAMAL, ACACÍAS Y CASTILLA LA NUEVA – ASOMGUACA

Sexto delator – descuento del diez por ciento (10%) en la multa

$4.175.420.oo
8 SERVIPETRÓLEOS S.A.S. $314.790.360.oo
9 DCM ASOCIADOS S.A.S. $125.008.444.oo
10 MINTRACOL S.A.S. $32.604.584.oo
11 GRAVIPETROL S.A.S. $18.335.540.oo
Personas vinculadas a los agentes de mercado
1 WILLIAM ALFONSO GUERRA ARDILA (Representante Legal de TRITURADOS Y TRITURADOS S.A.S.)

Descuento del cincuenta por ciento (50%) en la multa

$159.464.736.oo
1 JORGE AVELINO ARIZA BUITRAGO (Representante Legal de TRITURADOS MINA LA ISLA S.A.S.) $33.475.976.oo
3 DORA CECILIA BARRERA DE PIÑEROS (Representante Legal de PIÑEROS BARRERA Y COMPAÑÍA LTDA.) $62.921.764.oo
4 JORGE GARCÍA RAMOS (Representante Legal de ALUVIALES LA FORTUNA S.A.S.) $357.561.184.oo
5 ALFONSO BAYONA HERRERA (Representante Legal de SUMINISTROS MINEROS DEL LLANO LTDA. y Presidente de la ASOCIACIÓN DE MINEROS DE GUAMAL, ACACÍAS Y CASTILLA LA NUEVA – ASOMGUACA)

Descuento del diez por ciento (10%) en la multa en calidad de Presidente de la Asociación

$55.551.240
6 NÉSTOR RICARDO CIFUENTES MURILLO (Representante Legal de DCM ASOCIADOS S.A.S.) $59.472.504.oo
7 AGUSTÍN GUILLERMO GÓMEZ QUINTERO (Representante Legal de MINTRACOL S.A.S.) $89.717.068.oo
8 JAIRO JIMÉNEZ CADENA (Representante Legal de GRAVIPETROL S.A.S.) $45.203.460.oo
9 JOSÉ HÉCTOR MURILLO CASTILLO (Representante Legal de SERVIPETRÓLEOS S.A.S.)

Exoneración total (100%) de la multa

$97.777.444.oo
TOTAL MULTAS IMPUESTAS $2.162.032.476

 

FUENTES CONSULTADAS

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