Dura decisión que tomarían las empresas por reforma de Petro afectaría a todas las mujeres
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Visitar sitioCatherine Juvinao, congresista del partido Verde, criticó lo que dice la reforma laboral sobre la menstruación y mencionó lo que podrían hacer las empresas.
La menstruación, proceso biológico de las mujeres, ha generado discusión en el Congreso de la República luego de que se aprobara un artículo de la reforma laboral que promueve que se pueda faltar a las labores durante este período sin necesidad de presentar un certificado médico.
En la Cámara de Representantes se ha estado discutiendo la reforma laboral, con la discusión de esta ya se han aprobado varias modificaciones entre las que se encuentran las licencias de paternidad y los recargos nocturnos.
(Vea también: Trabajadores podrían pedir permiso sin excusa médica; hay controversia en reforma laboral)
Sin embargo, una de las últimas discusiones ha causado polémica, y es sobre el artículo 18 de la iniciativa de ley, la cual promueve que las mujeres y personas menstruantes puedan faltar al trabajo en algunos casos. Para el representante Alfredo Mondragón, el propósito de esta medida es “garantizar a las mujeres que padecen situaciones biológicas relacionadas con la menstruación”, así lo aseguró ante la cadena Blu Radio.
La polémica radica porque ese artículo tiene como fin que las trabajadoras no se vean obligadas a justificar dichas ausencias por una condición que en ocasiones no requiere atención médica. Esto lo ha criticado la representante Catherine Juvinao, quien ha afirmado que en esa norma hay una ambigüedad que puede generar desconfianza entre los empleadores afectando las oportunidades laborales de las mujeres.
Para la congresista del Partido Verde lo más transparente en este tipo de casos es que la mujer presente un certificado. “Para los casos de ciclos menstruantes incapacitantes que se incluyen aquí (artículo 18) van a terminar generando discriminación contra las mujeres, porque si los empleadores tienen que darle una licencia menstrual cada mes a la mujer y la mujer ni siquiera tiene que acreditarla por el médico tratante, pues el incentivo que va a tener el empleado para mantener la productividad de su empresa es evitar la contratación de mujeres”, expresó Juvinao en una declaración ante medios.
De acuerdo a la reforma, las mujeres y persona menstruantes podrán faltar a sus labores al tener dismenorreas o cuadros de tensión abdominales asociados a la endiometriosis ya diagnosticada.
La endiometriosis es una enfermedad en la que, en la parte exterior del útero, crece un tejido similar a la mucosa interior del útero que puede causar un dolor intenso en la pelvis.
Actualmente, el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo expone las licencias a las que el trabajador tiene derecho, en ninguna de ellas se menciona una en específico sobre la menstruación.
Siga leyendo: Casi 80% de la reforma laboral se ha aprobado en la Cámara de Representantes
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