Padres que pagan cuota alimentaria, avisados por límite de edad de los hijos; pocos lo saben

Finanzas Personales
Tiempo de lectura: 2 min

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Escrito por:  Christian Suárez
Actualizado: 2024-11-18 13:18:14

Esta obligación de sostenimiento que tienen los progenitores con los menores suele extenderse por varios factores que son respaldados por la ley.

En Colombia, la obligación de pagar la cuota alimentaria a los hijos, generalmente, se extiende hasta que cumplen la mayoría de edad, es decir, los 18 años. Sin embargo, existen excepciones que pueden prolongar este deber.

Imagen de referencia / Shutterstock

Por ejemplo, si el vástago mayor de edad (hasta los 25 años) continúa estudiando a nivel superior y no cuenta con los recursos económicos para mantenerse, el padre o madre responsable puede seguir aportando.

(Vea también: ¿Cuánto es la cuota alimentaria para un hijo si gana más de un salario mínimo en Colombia?)

Igualmente, de acuerdo con la Ley 1098 de 2006, si un hijo tiene una discapacidad que le impide trabajar, la obligación alimentaria se extendería indefinidamente. En estos casos, es recomendable acudir a un abogado especialista en familia para recibir asesoría personalizada.

¿Cuánto es la cuota alimentaria por hijo en Colombia en 2024?

Según datos de la página Abogados de Familia, para 2024, el incremento de la cuota alimentaria fue del 12,07 %, lo que implica que todas las cantidades establecidas previamente deben ajustarse en consecuencia. Por ejemplo, si una cuota alimentaria se había fijado en 1’000.000 de pesos, deberá ajustarse a 1’120.700 pesos.

Asimismo, si una persona se gana un salario mínimo (1’300.000 pesos), estaría obligada a consignar hasta 650.000 pesos mensuales.

 

¿Cómo fijar una cuota alimentaria para los hijos?

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, la manera de acordar la cuota alimentaria en Colombia, es intentar un acuerdo entre las partes, generalmente el padre y la madre; de esta forma, se fija, aumenta o disminuye el valor de esa obligación si acudir a instancias legales.

Sin embargo, en caso de no llegar a un acuerdo, podrán iniciar un trámite de conciliación, el cual se puede solicitar ante el comisario de familia, el defensor de familia, centro de conciliación, notaría, conciliador en equidad y Defensoría del Pueblo.

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