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Con la expedición del Decreto 2119 de 2018, los inmuebles particulares que brindan hospedaje pasan a ser considerados prestadores de servicios turísticos.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo firmó el documento basado en que el alojamiento turístico no estaba reglamentado, así que ahora el Registro Nacional de Turismo (RNT) es de carácter obligatorio para todos aquellos que presten ese servicio de forma esporádica o a través de aplicaciones como Airbnb o Booking.com.
De acuerdo con el decreto, esta obligatoriedad se estableció “con el fin de proteger tanto al huésped como al prestador de servicios turísticos de alojamiento”.
Blu Radio indicó que aquellas casas, apartamentos o fincas, entre otros inmuebles, que se ofrezcan como hospedaje y no cuenten con el registro “se exponen a multas de hasta 20 salarios mínimos” mensuales. Asimismo, explicó que están eximidos de tramitar el Registro Mercantil, “pues no son comerciantes”.
Paula Cortés, presidente de Anato, manifestó a la emisora que ahora “lo importante” es saber cómo el Gobierno “va a empezar a hacer la inspección”.
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