Bogotá
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Los empleadores tienen plazo para hacer efectivo el pago de medio salario mensual hasta el próximo 30 de junio. El que no lo haga tendrá sanciones económicas.
En 2016, el Estado ordenó que todo trabajador del hogar (empleadas domésticas, niñeras, conductores, jornaleros, jardineros, empleados de finca, etc) tiene el derecho de recibir la prima semestral a la que todas las personas que son contratadas por las empresas acceden.
Al respecto, Symplifica explicó que el pago corresponde a un sueldo mensual al año dividido en dos partes (la mitad en junio y la mitad en diciembre). En el caso de empleados por días se debe hacer la proporción y si la persona no ha trabajado los seis meses se le debe pagar lo equivalente.
También se deben tomar en cuenta el auxilio de transporte, bonificaciones y demás prestaciones sociales, añadió la entidad.
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Por ejemplo, si una empleada doméstica recibe un salario mínimo mensual de 828.116 pesos, su jefe deberá pagarle 414.058 pesos de prima.
Finalmente, Symplifica advirtió que el empleador que no le pague a sus trabajadores la prima podrá ser demandado, tendrá multas económicas por no hacer los aportes al Estado y, en el caso de no pagar a tiempo la prima de servicios, por cada día de retraso, tendrá que pagar un día de salario como mora.
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