Así fijarán ahorro que se debe complementar con la pensión; fondo privado es la clave

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Varios puntos cambian sobre el pago de la mesada de la jubilación en territorio desde julio de este año. Hay aviso a quienes ganen más de 2 salarios mínimos.

La mesada de pensión en Colombia que se entregue en el marco del nuevo sistema de jubilaciones del país se complementará con los ahorros que lleven a cabo los trabajadores en las cuentas individuales que ofrecen las administradoras privadas.

(Recomendado: Lanzan importante advertencia sobre traslado de fondo de pensiones en Colombia)

Todo esto tiene en cuenta el hecho de que, en el marco del nuevo sistema, será Colpensiones el fondo que se encargue de recibir todos estos montos para entregar después el pago a los jubilados.

La mesada de pensión en Colombia cambia en el sentido de que aquellos trabajadores que ganen más de 2,3 salarios mínimos verán que ese excedente lo administrará alguno de los fondos privados del país.

Sobre cómo se dará el traslado de recursos a Colpensiones, y qué montos se entregarán para fijar el pago mensual, dice la reforma aprobada, que entra en vigor este 1 de julio, que deberán hacerse unos cálculos previos sobre el dinero en la cuenta individual del trabajador.

(Lea también: ¿Cuánto podría subir la edad de pensión? Idea volvió a asustar a quienes buscan la mesada)

¿Qué cambia en el pago de la mesada de pensión en Colombia?

Se lee en la norma que la mesada de pensión en Colombia, dentro del Componente Complementario de Ahorro Individual, se calculará a partir del valor existente en la cuenta de ahorro individual del afiliado estipulada en dicho componente y con la fórmula actuarial correspondiente a una renta mensual hasta su fallecimiento.

Así mismo, se tiene en cuenta la sustitución a sus beneficiarios de ley, por el tiempo a que ellos tengan derecho e incluirá el pago de 13 mesadas anuales El Gobierno Nacional reglamentará lo pertinente.

Aclara en ese sentido la ahora ley que el Gobierno Nacional reglamentará los requisitos previstos en la presente Ley, para el acceso efectivo al derecho a la mesada de pensión en Colombia por vejez para las mujeres.

“Dicha reglamentación contemplará la voluntariedad de las afiliadas al sistema de seguir cotizando hasta cumplir el máximo de tiempos y edad establecidos por la Ley para acceder a la pensión que más les convenga”, explica la reforma.

En cualquiera sea el caso, será Colpensiones la encargada de hacer los 13 pagos al año. El Gobierno Petro ha manifestado la posibilidad de revisar el restablecimiento de la mesada 14.

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