Usuarios de Colpensiones pueden acceder a un auxilio funerario; este es el paso a paso

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Según la institución, este auxilio funerario de Colpensiones corresponde a una prestación económica que se entrega a los beneficiarios.

Son varios los beneficios que tienen los cotizantes y pensionados en el régimen público, algunos subsidios que se pueden utilizar para emergencias puntuales, como es el caso del auxilio funerario de Colpensiones.

Estos cobros y beneficios también tienen que pasar por una serie de ajustes, por lo que, para este año, el auxilio funerario de Colpensiones también presenta cambios.

Indican desde la institución que comprender a fondo estos tipos de beneficios lleva a que los cotizantes puedan sacarle un mejor provecho.  

(Vea también: El truco para que parejas puedan cotizar y recibir una pensión conjunta en Colpensiones)

Según la institución, este auxilio funerario de Colpensiones corresponde a una prestación económica que se entrega a los beneficiarios del pensionado o cotizante fallecido.

(Vea también: Centrales obreras buscan que haya único régimen de Colpensiones y sin fondos privados)

Este pago, se lee en el portal de la institución, corresponde al valor de la última mesada pensional recibida (si el fallecido era pensionado) o del último salario base de cotización (si el fallecido era afiliado).

“Sin embargo, la misma norma establece dos límites al monto a reconocer, como son: No podrá ser inferior a cinco salarios mínimos y no excederá 10 salario mínimos”, agrega Colpensiones.

De esta manera, en caso de requerirse el auxilio, se deben presentar, entre otros, documentos como registro civil de defunción del afiliado o del pensionado, no mayor a tres meses de expedición.

Es clave también presentar la factura de gastos funerarios con sello de cancelado, en la que se indique nombres y apellidos de quien canceló la factura y descripción de los servicios prestados.

Y, entre otros, una “carta de autorización por parte de los herederos autorizando a uno solo para el respectivo cobro. (En caso de que el titular del contrato pre exequial sea el mismo causante)”.

También es necesario un poder debidamente conferido, cédula de ciudadanía del apoderado y de quien otorga el poder, en caso de que se necesite de un tercero para el trámite.

¿Cómo queda el auxilio funerario de Colpensiones para 2023?

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