El nuevo cobro que tendrán miles de pensionados en Colombia desde 2025, por la reforma

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Desde el año entrante varias pensiones en Colombia tendrán que pagar impuestos. Esto dice la reforma pensional que ya fue aprobada por el Congreso.

La reforma aprobada por el Congreso dio a conocer una serie de modificaciones sobre el sistema de jubilación. Hay, en el marco de la nueva norma, claridad sobre las pensiones en Colombia que terminarán pagando impuestos en el 2025.

(Lea también: Jubilados celebran decisión que llegará con reforma pensional y aliviará a más de uno)

Puntualiza de entrada la iniciativa que los ingresos de jubilación solamente se gravarán con carga impositiva cuando se trate de las mesadas más altas, dice el documento.

Con esto de base, agrega la nueva ley, el grueso de las pensiones en Colombia no va a pagar impuestos durante el 2025 atendiendo también la urgencia de no afectar el poder adquisitivo de la gran mayoría de los jubilados.

Pensiones en Colombia que pagarán y quedan exentas de impuesto

  1. La Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones
  2. Las cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público, mientras subsistan
  3. Las sumas abonadas en las cuentas de ahorro individual del Componente Complementario de Ahorro Individual y sus respectivos rendimientos
  4. Las sumas destinadas al pago de los seguros de invalidez y de sobrevivientes
  5. Todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta

(Vea también: Pensión muy requerida en Colombia tendrá cambio grande y dijeron cuándo; aviso a jubilados)

Sin embargo, dice la nueva reforma que estarán gravadas las pensiones en Colombia solamente en la parte que exceda de 1.000 (mil UVT) mensual; es decir, aquellas que superen los ingresos mensuales superiores a los $ 47 millones.

Ahora, las pensiones en Colombia no tendrán impuesto a las ventas cuando sus servicios sean prestados por las administradoras dentro del Pilar Contributivo.

“Los servicios de seguros y reaseguros que prestan las compañías de seguros, para invalidez y sobrevivientes estarán exentos del impuesto de timbre los actos o documentos relacionados con la administración del Sistema de Protección Social Integral”, concluye el documento.

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