Cambio a las cesantías que no agradará a muchos: propuesta pone los pelos de punta

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-07-17 13:14:40

De cara a la resurrección de la reforma laboral, expertos dicen que las cesantías deberían pagarse mensualmente. Empresas saldrían perdiendo con jugada.

Aunque la reforma laboral parecía muerta, el Congreso la resucitará en la legislatura que empieza este 20 de julio.

Buscando que esta sea más amigable con los trabajadores, analistas del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana propusieron que las cesantías sean un dinero que se pague mensualmente a todos los trabajadores.

(Vea tambiénCinco formas para consultar el saldo de las cesantías en Porvenir sin volverse un ocho).

“Esta es una posibilidad de que empleadores y trabajadores pacten pagar mensualmente las cesantías, los intereses a las cesantías y prima, así como el pago de los recargos por trabajo extra, nocturno y dominical”, indicó ese observatorio en palabras citadas por La República.

Aunque sería una noticia fenomenal para los trabajadores, también es cierto que para las empresas no sería tan bueno.

Principalmente, porque las compañías deben pagar multas enormes cuando se atrasan con ese pago. Si se aplicara la nueva propuesta, las compañías serían más propensas a ser multadas cuando se atrasen en un mes de consignación de cesantías.

Para las pequeñas y medianas empresas también sería un mayor esfuerzo logístico el tener que articular ese pago mensualmente.

Los 6 escenarios en los que puede sacar sus cesantías para mejora de vivienda

Una de las razones por las que puede sacar las cesantías libremente es para comprar o para remodelar su vivienda.

Estos son los 6 escenarios en los que puede usar ese dinero con ese fin de mejorar su casa o apartamento:

  • Adquisición de vivienda con su terreno o lote.
  • Adquisición solamente del terreno o lote.
  • Construcción de vivienda en un terreno de propiedad del afiliado o cónyuge.
  • Ampliación, reparación o mejora de una vivienda de la propiedad del afiliado o cónyuge.
  • Liberación de gravámenes hipotecarios o pago de impuestos que, realmente, afecten al inmueble.
  • Adquisición sobre planos, de títulos vivienda para construcción, por parte de empleados o trabajadores contratados por entidades oficiales o privadas.
FUENTES CONSULTADAS

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