Bono pensional: cómo reclamarlo al salir de Colpensiones y cuáles son los requisitos

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2022-03-25 08:18:39

Ese valor entregado por el Ministerio de Hacienda busca que quienes se pensionaron o estén a punto de hacerlo puedan aumentar su capital de ahorro o aporte.

Los empleados que hayan cotizado su pensión durante toda su vida laboral en Colpensiones, o que hayan estado en otro fondo público o caja de compensación, y que quieran pasarse a un fondo privado, como Porvenir, Colfondos, Protección o Skandia, tienen derecho a un bono pensional.

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Qué es el bono pensional

Es un título de valor que representa los aportes hechos por el afiliado. Tiene como objetivo aumentar el capital del trabajador en su cuenta de ahorro individual, el cuál financia su ahorro de jubilación, según Colfondos. 

Ese bono es emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, más específicamente por la Oficina de Bonos Pensionales. 

Quiénes pueden reclamar el bono pensional

Las personas que hayan cotizado 150 semanas antes de pasarse a un fondo privado, unos 3 años aproximadamente, pueden reclamar el beneficio al hacer el traslado.

Cómo tramitar el bono pensional

Este debe ser solicitado en la entidad privada a la que se va a migrar la cotización de pensiones. Allí se debe manifestar la intención de solicitarlo y adjuntar la historia laboral. 

También se pedirá una autorización de emisión, una fotocopia de la cédula y del registro civil de nacimiento. 

Requisitos para reclamar bono pensional

La única condición para reclamar ese rubro es haber cumplido cierta edad. 60 años de edad en mujeres, es decir, dos años después de haberse pensionado. Para los hombres, el bono solo se puede reclamar a los 62 años, edad en que deben jubilarse. 

(Vea también: Debate por propuestas de Gustavo Petro revive urgencia de reformar el sistema de pensiones)

Como en los fondos pensionales privados existen rendimientos sobre el valor aportado, este bono también recibe esa rentabilidad. Colfondos precisó que si una persona se trasladó antes de diciembre de 1998 podrá recibir una rentabilidad de IPC+4. Si se trasladó luego de esa fecha, la rentabilidad baja un punto a IPC+3.

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