¿Un niño menor de 10 años puede ir montado en una moto? Alcaldía de Bogotá respondió

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Por:  Redacción Carros
Actualizado: 2023-10-26 16:59:56

Pese a que en el Código Nacional de Tránsito no hay nada establecido sobre este tema, en Bogotá en particular sí, y esa es la norma que debe tener en cuenta.

Las motos son uno de los vehículos que más han comprado los bogotanos en los últimos años, ya que el costo de mantenimiento, gasolina y demás es mucho más bajo que de un carro. Además, cuando hay mucho tráfico se meten entre los vehículos y eso hace que les rinda un poco más, aunque no está permitido.

(Ver también: De cuánto es la multa para las motos que zigzaguean por las vías de Bogotá; no es barata)

De hecho, muchas personas tienen este como su principal medio de transporte, por lo que hacen mercado, viajan, llevan a los niños al colegio y más en la moto, pero hay que tener en cuenta una cuestión que pocos conocen y es la edad mínima para andar en este vehículo.

A diferencia de lo que pasa con los carros, que en el Código Nacional de Tránsito sí está establecido que nadie menor de 10 años puede ir en la silla del copiloto por motivos de seguridad, para las motos no hay ninguna norma que regule esa situación, por lo que en algunos lugares niños de cualquier edad pueden ir como acompañantes sin ningún tipo de restricción.

Sin embargo, más allá que en el Código no diga nada, Bogotá sí tomó la iniciativa de normativizar esta situación y por eso, a través del decreto 035 de 2009, se puso una mínima de edad para ir en este tipo de vehículos.

“Se prohíbe el tránsito de motocicletas con acompañantes menores de 10 años y/o mujeres en estado de embarazo, así como el uso de las calzadas centrales de las vías que posean más de una calzada por sentido”, dice el decreto. Sobre este hay que tener en cuenta que el tema de por dónde se puede movilizar se quitó unos años después.

De cuánto es la multa por llevar un menor en una moto

En el decreto también quedó establecido que la persona que incumpla la norma y lleve a un menor de 10 años en la motocicleta, ya sea adelante (esta prohibido) o atrás del conductor, se ganará una multa correspondiente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, lo cual para 2023 son 580.000 pesos, pero no tendría inmovilización.

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