Licencia de paternidad en Colombia tendría cambio que gustaría a muchos con nueva reforma
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Visitar sitioEl proyecto del Gobierno plantea ampliar la licencia de los hombres que sean papás, ya sea por tener hijos biológicos o por hacer un proceso de adopción.
La reforma laboral en Colombia estipula un aumento en la licencia de paternidad, punto que, según el Ministerio del Trabajo, equilibra la balanza de género en la tarea que tienen los dos padres en el cuidado de los hijos al comienzo de la vida.
(Vea también: Miles de trabajadores en Colombia tendrían cambio en contrato por propuesta del Gobierno)
Espera el gobierno del presidente Gustavo Petro que el Congreso de la República apruebe la reforma que ya fue hundida por la Cámara de Representantes durante el año pasado.
Explica el proyecto de ley que la licencia de paternidad en Colombia aumentará de manera progresiva hasta llegar a 12 semanas en el 2026.
¿Cómo aumentaría la licencia de paternidad en Colombia?
Dependiendo de si la reforma laboral es aprobada en este año, el cambio se daría de esta manera:
- En el 2024 subirá a ocho semanas
- En 2025 llegará a 10 semanas
- En 2026 llegará a 12 semanas
“La licencia remunerada de paternidad estará a cargo de la EPS o la entidad que haga sus veces, y será reconocida por el nacimiento o adopción de hijas e hijos”, se lee en el documento.
Explica la reforma que los soportes válidos para poder tener la licencia remunerada de paternidad en Colombia son el Registro Civil de Nacimiento, el Registro civil del menor entregado en adopción o acta de entrega del menor de edad por parte del ICBF.
(Vea también: Cambiarían horarios de trabajadores en Colombia: empresas los harían salir más temprano)
Estos documentos deberán presentarse a la EPS o la entidad que haga sus veces a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento o adopción del menor.
“La licencia remunerada de paternidad será reconocida proporcionalmente a las semanas cotizadas por el padre durante el periodo de gestación, y en los casos de adopción un periodo no inferior a nueve meses”, concluye la reforma laboral.
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