Cali prohíbe a motociclistas transportar parrilleros: hay excepciones y también multas

Nación
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Esta medida dio inicio desde el día de su expedición (9 de febrero) y se extenderá durante 6 meses. Buscan reducir la tasa de hurtos y homicidios.

En el Decreto 4112.010.20.0067, emitido el viernes, 9 de febrero de 2024, la Alcaldía prohíbe el uso de motocicletas con parrillero hombre.

Esto se restringiera durante las 24 horas de día y los 7 días de la semana. Aplica para acompañantes hombres de 14 años o mayores a esta edad.

(Vea también: ¡Aliste el balde! Siete barrios de Cali se quedarán sin agua este lunes)

Esta medida, que busca darle tranquilidad a los ciudadanos ante la cantidad de hechos delictivos, dio inicio desde el día de su expedición (9 de febrero) y se extenderá durante 6 meses, en donde cada 3 de ellos, las secretarias de Seguridad y Justicas junto con la de Movilidad, realizarán seguimiento y control para evaluar su desarrollo.

Con esto, se busca reducir los delitos de alto impacto en la ‘sucursal del cielo’ como hurtos y homicidios.

“Es importante mantener la medida de la prohibición parrillero hombre debido al gran número de casos dado que en el año 2023 se cometieron en Santiago de Cali, un promedio de siete delitos diarios en los cuales el agresor fue un parrillero hombre en motocicleta”.

Se expresó en el decreto.

Las excepciones que permiten el parrillero hombre en la capital del valle, son las siguientes

  • Personal perteneciente a la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia y socorro, prevención y salud. 
  • Personal perteneciente a las empresas de seguridad privada en ejercicio de sus labores y en el movimiento de su residencia al lugar de prestación y viceversa. En este caso, deben portar las correspondientes identificaciones pertinentes que incluyen; carné y uniforme definido por la empresa, además de la autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia Privada para prestar el servicio.

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  • Personal de instructores perteneciente a las escuelas de enseñanza, debidamente registradas y habilitadas por el Ministerio de Transporte. 
  • Personas con discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental limite su movilidad, debidamente acreditada conforme con las disposiciones legales vigentes.

En cuanto a la sanción, será de hasta dos salarios mínimos mensuales.

Homicidios reportados en Colombia

El siguiente mapa, desarrollado por Esri Colombia, muestra información de homicidios reportados en Colombia por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

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