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Aunque es "inofensiva", según la propia alcaldía de la capital colombiana, está sancionada por el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadanana.
La infracción se llama extensión indebida y tiene que ver con el hábito que tienen algunos comerciantes de colocar carteles o muebles en el espacio público, limitando la movilidad de los demás ciudadanos, dice el Distrito.
(Vea también: Cómo aplicar al subsidio de Bogotá que da hasta $ 15’600.000 y que no exige Sisbén)
Esto también aplica para restaurantes que, en busca de tener más clientes, toman parte de andenes para colocar sus mesas y sillas.
Invadir el espacio público puede ocasionar desde una “multa leve” hasta una tipo 4, que puede alcanzar los 700.000 pesos, agregó la alcaldía de la ciudad.
Además, las autoridades tienen la facultad de quitar los muebles y avisos que están en espacios no permitidos y que obstruyen el paso de los peatones.
Los ciudadanos que se sienten afectados pueden acudir a las autoridades de su localidad para advertir sobre este problema y que ellas puedan tomar medidas al respecto.
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